Consejería De Educación Y Empleo. Personal Docente. Integración. (2023060296)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento de integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
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NÚMERO 19
Viernes 27 de enero de 2023
6923
RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Personal
Docente, por la que se convoca procedimiento de integración del profesorado
del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en
el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. (2023060296)
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional undécima, en la redacción aprobada
por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación
Profesional, establece que el profesorado del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de
formación profesional que a la entrada en vigor de esta ley, o en el plazo establecido en el
apartado segundo de la presente disposición, se encuentre en posesión de la titulación de
Grado universitario, Licenciado o Licenciada, Ingeniero o Ingeniera y Arquitecto o Arquitecta,
o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, u otra equivalente a efectos de
docencia de las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, se integra
en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
El Gobierno, previa consulta con las Administraciones educativas ha establecido el procedimiento y las condiciones de esta integración que producirá efectos a quienes reúnan los requisitos y lo soliciten dentro del plazo inicial que se establezca, desde la entrada en vigor de
la Ley Orgánica 3/2020. Este derecho sólo podrá ser ejercido hasta el quinto año posterior a
la vigencia de la Ley reseñada.
En base a dicha regulación, se dicta el Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que
se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de
Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican
diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias.
El Gobierno atiende así a una demanda histórica que servirá para mejorar las condiciones
laborales de los docentes beneficiados al pasar del subgrupo funcionarial A2 al subgrupo funcionarial A1. El texto aprobado completa el proceso iniciado con la Ley Orgánica 3/2020, de
29 de diciembre.
El Real Decreto reseñado, en su artículo 4.1 determina que “Las Administraciones educativas
deberán efectuar una convocatoria pública para que el profesorado del Cuerpo, a extinguir,
de Profesores Técnicos de Formación Profesional que reúna los requisitos y cumpla las condiciones establecidas, pueda integrarse en el Cuerpo de Enseñanza Secundaria”. En su artículo
8 establece que “El profesorado del Cuerpo, a extinguir, de profesores Técnicos de Formación
Profesional que reuniese los requisitos establecidos en la disposición adicional undécima de
la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, con posterioridad a la finalización del plazo establecido en la
Viernes 27 de enero de 2023
6923
RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Personal
Docente, por la que se convoca procedimiento de integración del profesorado
del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en
el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. (2023060296)
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional undécima, en la redacción aprobada
por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación
Profesional, establece que el profesorado del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de
formación profesional que a la entrada en vigor de esta ley, o en el plazo establecido en el
apartado segundo de la presente disposición, se encuentre en posesión de la titulación de
Grado universitario, Licenciado o Licenciada, Ingeniero o Ingeniera y Arquitecto o Arquitecta,
o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, u otra equivalente a efectos de
docencia de las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, se integra
en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
El Gobierno, previa consulta con las Administraciones educativas ha establecido el procedimiento y las condiciones de esta integración que producirá efectos a quienes reúnan los requisitos y lo soliciten dentro del plazo inicial que se establezca, desde la entrada en vigor de
la Ley Orgánica 3/2020. Este derecho sólo podrá ser ejercido hasta el quinto año posterior a
la vigencia de la Ley reseñada.
En base a dicha regulación, se dicta el Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que
se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de
Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican
diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias.
El Gobierno atiende así a una demanda histórica que servirá para mejorar las condiciones
laborales de los docentes beneficiados al pasar del subgrupo funcionarial A2 al subgrupo funcionarial A1. El texto aprobado completa el proceso iniciado con la Ley Orgánica 3/2020, de
29 de diciembre.
El Real Decreto reseñado, en su artículo 4.1 determina que “Las Administraciones educativas
deberán efectuar una convocatoria pública para que el profesorado del Cuerpo, a extinguir,
de Profesores Técnicos de Formación Profesional que reúna los requisitos y cumpla las condiciones establecidas, pueda integrarse en el Cuerpo de Enseñanza Secundaria”. En su artículo
8 establece que “El profesorado del Cuerpo, a extinguir, de profesores Técnicos de Formación
Profesional que reuniese los requisitos establecidos en la disposición adicional undécima de
la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, con posterioridad a la finalización del plazo establecido en la