Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023040016)
Extracto del Decreto de 155/2022, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2023 subvenciones destinadas al desarrrollo de acciones reskilling/upskilling para la cualificación y recualificación población activa sectores estratégicos, Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Línea II).
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NÚMERO 19
Viernes 27 de enero de 2023

6831

EXTRACTO del Decreto de 155/2022, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2023 subvenciones
destinadas al desarrrollo de acciones reskilling/upskilling para la cualificación
y recualificación población activa sectores estratégicos, Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (Línea II). (2023040016)
BDNS(Identif.):670200
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden arriba referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
((http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Primera convocatoria, para el ejercicio de 2023, de subvenciones previstas en la línea II,
destinadas al desarrollo de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa en sectores estratégicos, sector del cuidado de
las personas y en zonas en riesgo de despoblación, en el marco del componente 20 “Plan
Estratégico de Impulso de la Formación profesional”, inversión 1, del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán acogerse a las subvenciones destinadas a financiar la ejecución de los proyectos previstos en el artículo 2 (línea II) del decreto las entidades de formación que se encuentren
acreditadas y/o inscritas, a fecha de la presentación de la solicitud de subvención, en la familia y área profesional asociadas a la cualificación profesional a la que se vinculen las competencias profesionales para las cuales se oferta la formación, en el correspondiente Registro
de entidades de formación.
Las entidades de formación deberán disponer de los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo los proyectos de formación por los que solicitan la ayuda o comprometerse a disponer de los mismos tras la adjudicación de la subvención, en el momento de
inicio de la actividad formativa. Tales medios podrán ser propios o de titularidad de terceras
entidades privadas o públicas y se deberá disponer de ellos en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la convocatoria son las contenidas en el Decreto por el que se
establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de acciones de Reskilling y Upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa,