Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060262)
Resolución de 19 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de la fábrica de cartón ondulado de Cartonajes Extremadura, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA22/0751.
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NÚMERO 18
Jueves 26 de enero de 2023
6679
• Se presentará compromiso de empresa gestora autorizada para la eliminación de
los vertidos de efluentes hidrocarburados y otros compuestos no autorizados al
vertido de la red municipal.
Sólo existirá una única acometida, con pozo de registro modelo normalizado para el
control del vertido situado en la vía pública.
C
on el fin de garantizar un régimen de vertidos regular y continuo quedan prohibidos
aquellos vertidos periódicos o espontáneos cuya concentración o cuyo caudal excedan
durante un plazo de quince minutos en más de cinco veces el promedio de la concentración o caudal vertido durante la jornada laboral.
Concluyendo, que la instalación que se promueve es susceptible de obtener autorización de vertido de las aguas residuales del efluente proveniente del proceso industrial, debiéndose presentar para ello el correspondiente proyecto de construcción de
la Estación Depuradora de Aguas Residuales, redactado por técnico competente, en
el cual se justifique que los parámetros de vertido no sobrepasarán los prescritos en
el Reglamento de Servicio de Abastecimiento, Saneamiento, Vertido y Depuración de
Aguas Residuales del Municipio de Navalmoral y resto de documentación técnica que
se describía en mi anterior informe”.
— Mediante informe de 4 de octubre de 2022, el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
informó: “se informa favorablemente respecto de la compatibilidad del proyecto para
la construcción de la fábrica de cartón ondulado con el planeamiento urbanístico vigente”.
— Mediante informe de 19 de octubre de 2022, la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, informó: “A la vista de la documentación aportada, este Servicio
entiende que el documento denominado Vulnerabilidad del Proyecto del mencionado
expediente, así como su documentación complementaria aportada, sigue realizando
una descripción insuficiente de los efectos adversos significativos ante el riesgo de accidentes graves y catástrofes relevantes, aunque aporta una evaluación de riesgos y la
cuantificación de sus efectos sobre los factores enumerados en el artículo 35 de la Ley
9/2018 y describe las medidas aportadas y previstas para prevenir y mitigar el efecto
adverso significativo sobre aquellos riesgos que considera relevantes.
En relación a las sustancias peligrosas presentes en la instalación, reguladas por
el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas
de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan
sustancias peligrosas, aporta un certificado en la que la persona que se identifica en
Jueves 26 de enero de 2023
6679
• Se presentará compromiso de empresa gestora autorizada para la eliminación de
los vertidos de efluentes hidrocarburados y otros compuestos no autorizados al
vertido de la red municipal.
Sólo existirá una única acometida, con pozo de registro modelo normalizado para el
control del vertido situado en la vía pública.
C
on el fin de garantizar un régimen de vertidos regular y continuo quedan prohibidos
aquellos vertidos periódicos o espontáneos cuya concentración o cuyo caudal excedan
durante un plazo de quince minutos en más de cinco veces el promedio de la concentración o caudal vertido durante la jornada laboral.
Concluyendo, que la instalación que se promueve es susceptible de obtener autorización de vertido de las aguas residuales del efluente proveniente del proceso industrial, debiéndose presentar para ello el correspondiente proyecto de construcción de
la Estación Depuradora de Aguas Residuales, redactado por técnico competente, en
el cual se justifique que los parámetros de vertido no sobrepasarán los prescritos en
el Reglamento de Servicio de Abastecimiento, Saneamiento, Vertido y Depuración de
Aguas Residuales del Municipio de Navalmoral y resto de documentación técnica que
se describía en mi anterior informe”.
— Mediante informe de 4 de octubre de 2022, el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
informó: “se informa favorablemente respecto de la compatibilidad del proyecto para
la construcción de la fábrica de cartón ondulado con el planeamiento urbanístico vigente”.
— Mediante informe de 19 de octubre de 2022, la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, informó: “A la vista de la documentación aportada, este Servicio
entiende que el documento denominado Vulnerabilidad del Proyecto del mencionado
expediente, así como su documentación complementaria aportada, sigue realizando
una descripción insuficiente de los efectos adversos significativos ante el riesgo de accidentes graves y catástrofes relevantes, aunque aporta una evaluación de riesgos y la
cuantificación de sus efectos sobre los factores enumerados en el artículo 35 de la Ley
9/2018 y describe las medidas aportadas y previstas para prevenir y mitigar el efecto
adverso significativo sobre aquellos riesgos que considera relevantes.
En relación a las sustancias peligrosas presentes en la instalación, reguladas por
el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas
de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan
sustancias peligrosas, aporta un certificado en la que la persona que se identifica en