Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060260)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto fábrica de conservas vegetales de tomate, cuyo promotor es Tomcoex, SA, en el término municipal de Miajadas. Expte.:IA22/0054.
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NÚMERO 18
Jueves 26 de enero de 2023
6635
— Informe de 18 de mayo de 2022, del director general de Carreteras, se informó que
estas instalaciones no afectarán a las zonas de protección de la carretera estatal ni a
su adecuada explotación, así como tampoco a previsiones futuras de ampliación con
respecto a la misma, por lo que se informa favorablemente el expediente de referencia.
— Informe de 29 de junio de 2022, de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, en el que informa que se ajusta a las directrices que esta Dirección General
de Emergencias, Protección Civil e Interior entiende deben ser tenidas en cuenta para
la elaboración del documento de “Vulnerabilidad del Proyecto”, debiendo el industrial
cumplir con las medidas establecidas en dicho documento.
— Informe de afección a la Red Natura 2000 y sobre la biodiversidad de 20 de septiembre
de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el que informa favorablemente
la actividad “industria alimentaria de Tomcoex SA ubicada en el término municipal de
Miajadas”, ya que El proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio
incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa
o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales.
— Informe de 17 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Miajadas, en el que informa
que actualmente el municipio de Miajadas cuenta con Plan General Municipal (PGM),
aprobado definitivamente, por Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del
Territorio de Extremadura de 21 de diciembre de 2020 y publicado en el Diario Oficial
de Extremadura (DOE) n.º 28 de 11 de febrero de 2021. De acuerdo con el Plan General Municipal, la actividad industrial actualmente se realiza sobre la parcela catastral
6059102TJ4355N, siendo clasificación de la misma de Suelo Urbano Ordenanza VII _
Industrial (IND).
Dado que el proyecto se encuentra sujeto a la obtención de la preceptiva Autorización Ambiental Integrada por ser encuadrable en el Grupo 2, apartado 2.2.b del Anexo I de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y como resultado del trámite de participación pública promovido por la Dirección General de Sostenibilidad (artículo 15, punto 5 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre,
por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley
16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación), no se han
presentado alegaciones.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
Jueves 26 de enero de 2023
6635
— Informe de 18 de mayo de 2022, del director general de Carreteras, se informó que
estas instalaciones no afectarán a las zonas de protección de la carretera estatal ni a
su adecuada explotación, así como tampoco a previsiones futuras de ampliación con
respecto a la misma, por lo que se informa favorablemente el expediente de referencia.
— Informe de 29 de junio de 2022, de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, en el que informa que se ajusta a las directrices que esta Dirección General
de Emergencias, Protección Civil e Interior entiende deben ser tenidas en cuenta para
la elaboración del documento de “Vulnerabilidad del Proyecto”, debiendo el industrial
cumplir con las medidas establecidas en dicho documento.
— Informe de afección a la Red Natura 2000 y sobre la biodiversidad de 20 de septiembre
de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el que informa favorablemente
la actividad “industria alimentaria de Tomcoex SA ubicada en el término municipal de
Miajadas”, ya que El proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio
incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa
o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales.
— Informe de 17 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Miajadas, en el que informa
que actualmente el municipio de Miajadas cuenta con Plan General Municipal (PGM),
aprobado definitivamente, por Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del
Territorio de Extremadura de 21 de diciembre de 2020 y publicado en el Diario Oficial
de Extremadura (DOE) n.º 28 de 11 de febrero de 2021. De acuerdo con el Plan General Municipal, la actividad industrial actualmente se realiza sobre la parcela catastral
6059102TJ4355N, siendo clasificación de la misma de Suelo Urbano Ordenanza VII _
Industrial (IND).
Dado que el proyecto se encuentra sujeto a la obtención de la preceptiva Autorización Ambiental Integrada por ser encuadrable en el Grupo 2, apartado 2.2.b del Anexo I de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y como resultado del trámite de participación pública promovido por la Dirección General de Sostenibilidad (artículo 15, punto 5 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre,
por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley
16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación), no se han
presentado alegaciones.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto