Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. Ayudas. (2023060286)
Extracto de la VIII convocatoria de ayudas de la estrategia de desarrollo local participativo LEADER 2014-2020 de la Asociación para el Desarrollo de la Sierra de San Pedro-Los Baldíos para proyectos productivos, en referencia a inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
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NÚMERO 18
6624
Jueves 26 de enero de 2023
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro,
pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 150.000 €, que
se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria G/314A/ 120030000/ FR14190200
/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma.
Si el resultado del proceso es un producto no contemplado en el Anexo I del Tratado, la ayuda
máxima será del 75 % de la inversión y con el límite máximo de 200.000 € por proyecto y
tendrán consideración de mínimis.
Si el resultado del proceso es un producto contemplado en el Anexo I del tratado, la ayuda
máxima será de un 50 % de la inversión, con el límite máximo de 200.000€ por proyecto, no
teniendo consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será desde el día siguiente a la publicación
del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 31 de mayo de
2023.
Mérida, 19 de enero de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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Jueves 26 de enero de 2023
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro,
pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 150.000 €, que
se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria G/314A/ 120030000/ FR14190200
/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma.
Si el resultado del proceso es un producto no contemplado en el Anexo I del Tratado, la ayuda
máxima será del 75 % de la inversión y con el límite máximo de 200.000 € por proyecto y
tendrán consideración de mínimis.
Si el resultado del proceso es un producto contemplado en el Anexo I del tratado, la ayuda
máxima será de un 50 % de la inversión, con el límite máximo de 200.000€ por proyecto, no
teniendo consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será desde el día siguiente a la publicación
del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 31 de mayo de
2023.
Mérida, 19 de enero de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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