Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060063)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda del Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023

6237

ADENDA AL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE MOVILIDAD,
TRANSPORTE Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES PARA LA REALIZACIÓN DE
ACTIVIDADES DE CARÁCTER MATERIAL Y TÉCNICO A TRAVÉS DE LAS
OFICINAS TÉCNICAS COMARCALES DE VIVIENDA.
Mérida, 30 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Doña Leire Iglesias Santiago, en su condición de Consejera de Movilidad,
Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud del nombramiento efectuado por
Decreto 22/2019, de 1 de julio, (DOE núm. 126, de 2 de julio de 2019); de conformidad con
lo establecido en el Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (DOE núm. 214, de 6 de
noviembre); de acuerdo con el artículo 53 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece la competencia para la firma de convenios; y de acuerdo con la autorización para proceder a la firma
del presente Convenio evacuada por el Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 30 de
diciembre de 2022.
Y de otra parte, D. Carlos Carlos Rodríguez, en su condición de Presidente de la Diputación
Provincial de Cáceres, nombrado en sesión constitutiva celebrada en fecha 29 de junio de
2019, con facultades de intervención en este acto en virtud de la competencia que le confiere
el artículo 34.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
y en el ejercicio de las facultades conferidas por acuerdo de Pleno de fecha 22 de diciembre
de 2022.
Actuando en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan, se reconocen
mutua y recíprocamente la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la presente
adenda de Convenio, y en su virtud,
EXPONEN
Primero. El pasado 29 de diciembre de 2021, la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en el ejercicio de sus competencias, de conformidad con
el artículo 9.1.31 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero; el artículo 2 del Decreto del
Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura; y el artículo 3 del Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se esta-