Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060252)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo por el que se regulan los criterios generales de la carrera profesional horizontal del personal del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja".
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NÚMERO 17
6382
Miércoles 25 de enero de 2023
La acreditación de la formación reglada alegada se realizará por la persona interesada
aportando certificado de la Escuela Oficial de Idiomas o titulaciones homólogas, así como
mediante la aportación de los documentos oficiales expedidos por las entidades o instituciones correspondientes.
Se valorará la formación reglada conforme a la puntuación fijada en el siguiente cuadro:
Títulos Académicos Oficiales
Doctor/ Máster Oficial
50 puntos/título
Grado o equivalente
40 puntos/título
Ciclo Formativo de Grado Superior
30 puntos/título
o equivalente
Ciclo Formativo Grado Medio o
20 puntos/título
equivalente
Idiomas
Certificación del nivel B1
15 puntos/idioma
Certificación del nivel B2
30 puntos/idioma
Certificación del nivel C1
40 puntos/idioma
Certificación del nivel C2
50 puntos/idioma
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS.
Serán objeto de valoración en concepto de transferencia de conocimientos las siguientes actividades:
Docencia.
Acción de impartir y/o coordinar la formación dirigida a personal del Ayuntamiento de Moraleja y a otros empleados y empleadas públicos dentro de las acciones formativas organizadas,
impartidas y homologadas por cualquier Organismo público dependiente de la Junta de Extremadura, el Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro Centro Oficial de
Formación de Empleados Públicos, o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las
Administraciones Públicas, independientemente del promotor de los mismos.
Se incluye en este apartado la docencia impartida en todas las modalidades.
Tutorización.
Entendida como una modalidad de transferencia del conocimiento cuya finalidad es formar en
el desempeño de competencias profesionales al personal de cualquier Administración pública
6382
Miércoles 25 de enero de 2023
La acreditación de la formación reglada alegada se realizará por la persona interesada
aportando certificado de la Escuela Oficial de Idiomas o titulaciones homólogas, así como
mediante la aportación de los documentos oficiales expedidos por las entidades o instituciones correspondientes.
Se valorará la formación reglada conforme a la puntuación fijada en el siguiente cuadro:
Títulos Académicos Oficiales
Doctor/ Máster Oficial
50 puntos/título
Grado o equivalente
40 puntos/título
Ciclo Formativo de Grado Superior
30 puntos/título
o equivalente
Ciclo Formativo Grado Medio o
20 puntos/título
equivalente
Idiomas
Certificación del nivel B1
15 puntos/idioma
Certificación del nivel B2
30 puntos/idioma
Certificación del nivel C1
40 puntos/idioma
Certificación del nivel C2
50 puntos/idioma
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS.
Serán objeto de valoración en concepto de transferencia de conocimientos las siguientes actividades:
Docencia.
Acción de impartir y/o coordinar la formación dirigida a personal del Ayuntamiento de Moraleja y a otros empleados y empleadas públicos dentro de las acciones formativas organizadas,
impartidas y homologadas por cualquier Organismo público dependiente de la Junta de Extremadura, el Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro Centro Oficial de
Formación de Empleados Públicos, o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las
Administraciones Públicas, independientemente del promotor de los mismos.
Se incluye en este apartado la docencia impartida en todas las modalidades.
Tutorización.
Entendida como una modalidad de transferencia del conocimiento cuya finalidad es formar en
el desempeño de competencias profesionales al personal de cualquier Administración pública