Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Política Agraria Comunitaria. (2023040024)
Decreto 4/2023, de 20 de enero, por el que se regula la estructura de gobernanza del Plan Estrátegico de la Política Agrícola Común 2023-2027 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 17
6066
Miércoles 25 de enero de 2023
13. U
na persona representante de la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura (FEMPEX).
14. U
na persona representante de la Red Extremeña de Desarrollo Rural (REDEX).
15. U
na persona representante de cada una de las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas en Extremadura con presencia en el Consejo Asesor Agrario de Extremadura.
16. U
na
persona
representante
de
la
entidad
Cooperativas
Agroalimentarias
Extremadura.
17. D
os personas representantes, una de cada uno de los sindicatos más representativos en Extremadura.
18. U
na persona representante de la Confederación Regional Empresarial Extremeña
(CREEX).
19. U
na persona representante del Consejo Económico y Social de Extremadura (CES).
20. U
na persona representante de organizaciones de protección ambiental.
21. Una persona representante de organizaciones en defensa de la igualdad de género.
Cada miembro del comité de seguimiento tendrá un voto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento (UE) 2021/2115, en
los trabajos del comité de seguimiento participarán representantes de la Comisión a título
consultivo.
2. L
as candidaturas propuestas por cada entidad u órgano directivo para cubrir cada una de
las vocalías previstas se presentarán en el plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de
publicación del presente decreto. Cuando la designación deba hacerse de entre un conjunto
de entidades u organizaciones, como es el caso de las vocalías referidas en los numerales
20 y 21 del apartado anterior, se podrá convocar una reunión de las entidades afectadas
por parte del órgano directivo de la Junta de Extremadura competente por razón de la
materia, para consensuar la designación, si fuera preciso. En caso de no recibir las citadas
candidaturas en plazo, la Presidencia designará provisionalmente a las personas representantes correspondientes, de entre las entidades más representativas del ámbito que se
trate, hasta su designación definitiva. El reglamento de régimen interior determinará los
criterios de suplencia de los miembros.
6066
Miércoles 25 de enero de 2023
13. U
na persona representante de la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura (FEMPEX).
14. U
na persona representante de la Red Extremeña de Desarrollo Rural (REDEX).
15. U
na persona representante de cada una de las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas en Extremadura con presencia en el Consejo Asesor Agrario de Extremadura.
16. U
na
persona
representante
de
la
entidad
Cooperativas
Agroalimentarias
Extremadura.
17. D
os personas representantes, una de cada uno de los sindicatos más representativos en Extremadura.
18. U
na persona representante de la Confederación Regional Empresarial Extremeña
(CREEX).
19. U
na persona representante del Consejo Económico y Social de Extremadura (CES).
20. U
na persona representante de organizaciones de protección ambiental.
21. Una persona representante de organizaciones en defensa de la igualdad de género.
Cada miembro del comité de seguimiento tendrá un voto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento (UE) 2021/2115, en
los trabajos del comité de seguimiento participarán representantes de la Comisión a título
consultivo.
2. L
as candidaturas propuestas por cada entidad u órgano directivo para cubrir cada una de
las vocalías previstas se presentarán en el plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de
publicación del presente decreto. Cuando la designación deba hacerse de entre un conjunto
de entidades u organizaciones, como es el caso de las vocalías referidas en los numerales
20 y 21 del apartado anterior, se podrá convocar una reunión de las entidades afectadas
por parte del órgano directivo de la Junta de Extremadura competente por razón de la
materia, para consensuar la designación, si fuera preciso. En caso de no recibir las citadas
candidaturas en plazo, la Presidencia designará provisionalmente a las personas representantes correspondientes, de entre las entidades más representativas del ámbito que se
trate, hasta su designación definitiva. El reglamento de régimen interior determinará los
criterios de suplencia de los miembros.