Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060059)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Diam Corchos, SA, para el ciclo formativo de Grado Superior de Sistemas Electrotécnicos y Automatizados en el IES Loustau-Valverde de Valencia de Alcántara.
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NÚMERO 16

5747

Martes 24 de enero de 2023

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y DIAM CORCHOS, SA, PARA EL
CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR DE SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS
Y AUTOMATIZADOS EN EL IES LOUSTAU-VALVERDE DE VALENCIA DE
ALCÁNTARA.
Mérida, 27 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa, Diam Corchos, SA, con CIF A06047880 y domicilio en Carretera de la
Estación Km. 1, código postal 06500 Valencia de Alcántara (Badajoz), con teléfono de contacto
_________________, correo electrónico ____________________, Don Francisco Contador
Valencia y Doña María Luisa Tarriño Ortega como representantes de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación