Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060224)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, para la autorización ambiental integrada del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, titularidad de Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán, provincia de Cáceres.
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NÚMERO 16
Martes 24 de enero de 2023

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bilidad y condicionado de vertido y de seguimiento de la calidad de las aguas emitido de
conformidad con el artículo 19 del texto refundido de Ley de prevención y control integrados de la contaminación, cuyo contenido literal se incluye a continuación:
INFORME SOBRE EL VERTIDO A DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO EMITIDO EN
VIRTUD DEL ARTÍCULO 19 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PREVENCIÓN Y
CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN.
PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA DE UNA PLANTA DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A PARTIR DE BIOMASA PARA GENERACIÓN DE ENERGÍA, UBICADA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LOGROSÁN (CÁCERES) Y QUE CUENTA CON UN VERTIDO AL ARROYO CARBONILLA, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LOGROSÁN.
Titular de la AAI: Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU.
N/Ref. Expte.: AAI-001/20-CC (OBG/ARS).
Órgano ambiental: Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremaudra.
S/Ref. Expte.: AAI 19/019.
Mediante oficio de fecha 17 de junio de 2020, el Jefe de Servicio de Prevención y Calidad Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura (DGSJEXT), remitió a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, OA, (CHG) documentación técnica relativa a la solicitud de autorización de
vertido a dominio público hidráulico a incluir en la autorización ambiental integrada solicitada
por Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, para una planta de producción de energía
eléctrica a partir de biomasa de 49,9 MWe en el término municipal de Logrosán (Cáceres),
con el fin de que CHG evaluara si era preciso requerir al solicitante que subsanara la falta o
completara la documentación aportada en virtud de lo establecido en el artículo 12.1.c del
texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre.
Mediante oficio de fecha 17 de diciembre de 2020, el Comisario de Aguas del Organismo de
cuenca remitió a la DGSJEXT informe del Área de Calidad de las Aguas por el que se requería
documentación adicional. En concreto debía aportarse proyecto, suscrito por técnico competente, de las obras e instalaciones de depuración o eliminación que sean necesarias para que
el grado de depuración sea el adecuado para la consecución del buen estado de las aguas que
integran el dominio público hidráulico. En relación con este requerimiento, cabe significar que
el 10 de diciembre de 2020 se mantuvo una reunión con representantes del promotor a fin de
comentar el alcance de la documentación a aportar.