Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060229)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación porcina en régimen extensivo, solicitado por José Bueno Fernández en el término municipal de Feria.
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NÚMERO 16
Martes 24 de enero de 2023
5889
–E
l estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
• Almacenamiento del purín.
– Para reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera durante el almacenamiento
exterior del purín, así como las emisiones de gases de efecto invernadero, deberán
adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80% las emisiones de amoniaco con
respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin costra natural).
–L
as fosas/balsas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
– Si la fosa/balsa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y
añadir paja a la superficie para reducir las emisiones.
–S
e limitará al máximo la agitación del purín.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. El ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y cercas autorizadas. Las instalaciones de la explotación porcina se ubican en el término municipal de Feria
(Badajoz), concretamente en las parcelas 38, 498, 499, 500, 501 y 502, del polígono 2,
ocupando una superficie total de 196,8538 hectáreas. Las instalaciones se ubicarán en la
parcela 38.
2. Se realizará un aprovechamiento extensivo de los recursos en que se divide el conjunto de
la finca, debido a condicionantes de conservación medio ambiental del hábitat, elratio de
extensivo que se llevará a cabo será de lotes de animales que en ningún momento superen
la densidad de 0,6 UGM/ha.
3. No se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, distintas de las descritas en el apartado a.2).
4. Quincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
5. Los vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberán
disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los
mismos, que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente. A
Martes 24 de enero de 2023
5889
–E
l estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
• Almacenamiento del purín.
– Para reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera durante el almacenamiento
exterior del purín, así como las emisiones de gases de efecto invernadero, deberán
adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80% las emisiones de amoniaco con
respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin costra natural).
–L
as fosas/balsas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
– Si la fosa/balsa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y
añadir paja a la superficie para reducir las emisiones.
–S
e limitará al máximo la agitación del purín.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. El ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y cercas autorizadas. Las instalaciones de la explotación porcina se ubican en el término municipal de Feria
(Badajoz), concretamente en las parcelas 38, 498, 499, 500, 501 y 502, del polígono 2,
ocupando una superficie total de 196,8538 hectáreas. Las instalaciones se ubicarán en la
parcela 38.
2. Se realizará un aprovechamiento extensivo de los recursos en que se divide el conjunto de
la finca, debido a condicionantes de conservación medio ambiental del hábitat, elratio de
extensivo que se llevará a cabo será de lotes de animales que en ningún momento superen
la densidad de 0,6 UGM/ha.
3. No se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, distintas de las descritas en el apartado a.2).
4. Quincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
5. Los vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberán
disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los
mismos, que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente. A