Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060231)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos no peligrosos, cuyo promotor es Metals World Wide Trader, SL, en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).
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NÚMERO 16

5857

Martes 24 de enero de 2023

b) Respecto a residuos peligrosos, además, artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto 833/1988.
c) En el caso de los aceites usados, el artículo 5 del Real Decreto 679/2006.
5. Queda expresamente prohibida la mezcla de los residuos peligrosos y no peligrosos generados entre sí o con otros residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen,
disponiéndose de los medios de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para
evitar dichas mezclas. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas.
6. Los residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientras
que los residuos peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a seis meses.
Ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.
- c - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica.
1. E
 l complejo industrial consta de 1 foco de emisión.

DENOMINACIÓN

TIPO DE
FOCO

1. E
 misión de polvo en la carga,
Difuso y sistedescarga y almacenamiento de
mático
residuos en el área de recepción

GRUPO

CÓDIGO

PROCESO ASOCIADO

-

09 10 09 52

Almacenamiento, carga
y descarga de residuos
recepcionados

2. S
 e adoptarán las siguientes medidas correctoras:
a) La descarga de material será en interior de nave.
b) El transporte del material en los camiones se realizará cubriendo la caja con una malla
tupida que evite el levantamiento de polvo. La descarga será en sacas o recipientes en
caso de ser polvo, virutas, etc. o cualquier estado físico que pueda generar polvo.
3. Además, en caso de que derivasen problemas asociados a la generación de olores la Dirección General de Sostenibilidad podrá requerir al titular de la instalación la realización de
muestreos y análisis de concentración de olor mediante olfatometría dinámica, u otra técnica que cuente con análogo reconocimiento técnico; así como la implementación de medidas correctoras para evitar molestias por olores debidas al funcionamiento de la planta.
4. Todos los residuos que puedan descomponerse generando olores o puedan generar olores
por otros motivos, deberán estar almacenados en contenedores cerrados para evitar la
generación de olores.