Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060226)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de almazara y balsa de evaporación de aguas oleosas, cuyo promotor es Verdeolisur, SL, en el término municipal de Guadiana.
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NÚMERO 16
5780
Martes 24 de enero de 2023
7. S
e realizarán limpieza en seco antes de realizar la misma con agua a presión, con el fin de
disminuir el consumo de agua.
8. Se deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica
a) Las principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la
siguiente tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos
previstos.
Fuente sonora
Nivel de emisión total, dB (A)
Zona de recepción y lavado
75
Zona de tolvas y molienda
95
Nave de fabricación
95
b) No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de
Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
c) La actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente
a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- e - Medidas de prevención y minimización de la contaminación lumínica
Condiciones generales
1. La presente autorización se concede para la potencia lumínica instalada en la industria, la
cual no sobrepasa 1 kW y es la que se establece en el siguiente cuadro. Cualquier modificación de lo establecido en este límite deberá ser autorizada previamente.
N.º de luminarias (exterior)
Potencia lumínica (W)
6 proyectores LED de 150 W ud.
900
5780
Martes 24 de enero de 2023
7. S
e realizarán limpieza en seco antes de realizar la misma con agua a presión, con el fin de
disminuir el consumo de agua.
8. Se deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica
a) Las principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la
siguiente tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos
previstos.
Fuente sonora
Nivel de emisión total, dB (A)
Zona de recepción y lavado
75
Zona de tolvas y molienda
95
Nave de fabricación
95
b) No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de
Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
c) La actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente
a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- e - Medidas de prevención y minimización de la contaminación lumínica
Condiciones generales
1. La presente autorización se concede para la potencia lumínica instalada en la industria, la
cual no sobrepasa 1 kW y es la que se establece en el siguiente cuadro. Cualquier modificación de lo establecido en este límite deberá ser autorizada previamente.
N.º de luminarias (exterior)
Potencia lumínica (W)
6 proyectores LED de 150 W ud.
900