Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060173)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Actuaciones forestales en una superficie de 105,45 ha en la finca Llanos de la Carrasca", en los términos municipales de Puebla de la Reina y Hornachos (Badajoz). Expte.: IA21/0677.
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NÚMERO 15
Lunes 23 de enero de 2023
5556
C. Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 26 de julio de 2022, la Dirección General de Sostenibilidad remite a la promotora el resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de
información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso,
en la nueva versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 13 de septiembre de 2022, la promotora presenta la solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto, junto a la documentación en cumplimiento del artículo 69.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
En el análisis se determina que la promotora ha tenido debidamente en cuenta los informes y alegaciones recibidas, manifestando su conformidad con las indicaciones incluidas
en los informes recibidos que figuran en el apartado B.
Revisado el EsIA, los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto de referencia
y la documentación complementaria aportada por la promotora, con toda la información
hasta aquí recabada se elabora la presente declaración de impacto ambiental.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
La promotora ha presentado varias alternativas, además de la alternativa 0 o de no actuación, las cuales se exponen a continuación, se ha realizado un análisis multicriterio de las
mismas justificando la elección en base a criterios ambientales, económicos y funcionales.
Alternativa 0. Mantenimiento de la situación actual, sin aprovechamiento.
Alternativa 1. Implantación de especies forestales para dar uso forestal a la totalidad de
la superficie.
Alternativa 2. Implantación de cultivos leñosos de secano.
Alternativa 3. Siembra de cereales de invierno.
Se elige la alternativa número 3 como opción más favorable, las alternativas más viables económicamente parten de la utilización de los terrenos como agrícolas, encontrando
Lunes 23 de enero de 2023
5556
C. Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 26 de julio de 2022, la Dirección General de Sostenibilidad remite a la promotora el resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de
información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso,
en la nueva versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 13 de septiembre de 2022, la promotora presenta la solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto, junto a la documentación en cumplimiento del artículo 69.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
En el análisis se determina que la promotora ha tenido debidamente en cuenta los informes y alegaciones recibidas, manifestando su conformidad con las indicaciones incluidas
en los informes recibidos que figuran en el apartado B.
Revisado el EsIA, los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto de referencia
y la documentación complementaria aportada por la promotora, con toda la información
hasta aquí recabada se elabora la presente declaración de impacto ambiental.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
La promotora ha presentado varias alternativas, además de la alternativa 0 o de no actuación, las cuales se exponen a continuación, se ha realizado un análisis multicriterio de las
mismas justificando la elección en base a criterios ambientales, económicos y funcionales.
Alternativa 0. Mantenimiento de la situación actual, sin aprovechamiento.
Alternativa 1. Implantación de especies forestales para dar uso forestal a la totalidad de
la superficie.
Alternativa 2. Implantación de cultivos leñosos de secano.
Alternativa 3. Siembra de cereales de invierno.
Se elige la alternativa número 3 como opción más favorable, las alternativas más viables económicamente parten de la utilización de los terrenos como agrícolas, encontrando