Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Tasas. Precios Públicos. (2023060215)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
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NÚMERO 14
Viernes 20 de enero de 2023

4956

TASA DE VIVIENDAS DE PROTECCION PÚBLICA Y OTRAS ACTUACIONES
PROTEGIBLES
(Nº Cód.: 16011-5)
BASE IMPONIBLE: La base imponible se determinará:
A) En V.P.O. y obras de edificación protegida, multiplicando la superficie útil de toda la
edificación por el precio máximo de venta vigente para la vivienda protegida de régimen
especial en el momento de devengo de la tasa, aplicable al área geográfica y al tipo de
construcción correspondiente de dichas edificaciones. El precio máximo de venta y la
superficie útil se obtendrá de acuerdo a los criterios establecidos en la legislación vigente.
B) En obras de rehabilitación y demás actuaciones protegibles, la base será el importe del
presupuesto protegible para dichas obras.
TIPO DE GRAVAMEN: El tipo de gravamen será el 0'12% para las actuaciones protegibles
constitutivas del hecho imponible.
EXENCIONES Y BONIFICACIONES:
(Establecidas por la Ley 18/2001, de 14 de Diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la C.A. de
Extremadura)
Están exentos del pago de la tasa:
La promoción, cesión o rehabilitación por el Estado de Viviendas de Protección Oficial de interés
general, así como las actuaciones de las Comunidades Autónomas y otros Entes Territoriales en
materia de promoción y rehabilitación.

TASA POR SUMINISTRO DE PLACAS IDENTIFICATIVAS DE VIVIENDAS EN
REGIMEN DE PROTECCIÓN OFICIAL, REHABILITACION Y DE AUTOPROMOCIÓN.
(Nº Cód.: 16012-4)
BASES Y TIPOS DE GRAVAMEN O TARIFAS:
1 Placa Identificativa ...................................................................................................19,60 €

TASA POR INSPECCIÓN Y REGISTRO INICIAL DE LABORATORIOS DE ENSAYOS
PARA EL CONTROL DE CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN Y ENTIDADES DE
CONTROL DE CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN. (Nº Cód.: 16013-3)
(Modificación Ley 5/2022, de 25 de noviembre)
BASES Y TIPOS DE GRAVAMEN O TARIFAS: Las bases y tipo de gravamen o tarifa de
esta tasa son las que se detallan a continuación:
1.- Cuando se realice la inspección y el registro inicial para un solo grupo de ensayos o campo
de actuación declarados………………………………………………………………….514,06 €
2.- Por cada grupo de ensayo o campo de actuación más declarados que se registre o
inspeccione en el mismo acto administrativo...................................................................257,13 €