Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Tasas. Precios Públicos. (2023060215)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
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NÚMERO 14
4906
Viernes 20 de enero de 2023
ANEXO III
TASAS DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO
RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
TASAS POR PRESTACION DE SERVICIOS FACULTATIVOS EN MATERIA DE
PRODUCCIÓN VEGETAL Y ANIMAL (Nº Cód.: 12003-2)
BASES Y TIPOS DE GRAVAMEN O TARIFAS: Las bases y tipos de estas tasas son las que se
detallan a continuación:
1.- Por inscripción en los registros oficiales:
1.1.- Tractores agrícolas, tanto importados como de fabricación nacional y expedición de la cartilla de
circulación, se percibirá el 0,25% de su valor de compra para los de precio inferior a 3.065,46 euros y
el 0,2% para los de precio superior si son de nueva fabricación.
1.2.- Motores y restantes máquinas agrícolas, un 0,2% del precio fijado para los mismos, si son de
nueva fabricación. Cuando se trate de tractores y maquinaria reconstruidos, se cobrará el 0,1% del
precio que se le fije por la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.
- Por el cambio de propietario se percibirán: ................................................................. 11,68 €
- Por las revisiones oficiales periódicas ........................................................................... 6,06 €
2.- Por los informes facultativos de carácter económico-social o técnico que no estén previstos
aranceles, 29,06 euros, que se reducirán en un 50% si el peticionario es una entidad agropecuaria de
carácter no lucrativo.
3.- Por la inspección facultativa inicial de establecimientos comerciales destinados a la agricultura, a
razón de 9,82 euros por cada establecimiento. En visitas periódicas se percibirán 5,08 euros por
almacén de mayoristas y 2,53 euros por cada almacén de minoristas.
4.- Por derechos de informe del personal facultativo agronómico sobre beneficios a la producción, por
transformación y mejoras de terrenos y cultivos más beneficiosos, se percibirán los honorarios
resultantes de la siguiente tarifa base:
Importe del presupuesto de ejecución:
BASE DE LA MEJORA
HONORARIOS % APLICABLE
Hasta 300,51 euros.................................................................................................... 3
Resto hasta 601,01 euros .......................................................................................... 2,5
Resto hasta 3.005,06 euros ....................................................................................... 2
Resto hasta 6.010,12 euros ...................................................................................... 1,5
Resto hasta 30.050,61 euros ..................................................................................... 1
Resto hasta 60.101,21 euros ..................................................................................... 0,5
En adelante................................................................................................................ 0,2
4906
Viernes 20 de enero de 2023
ANEXO III
TASAS DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO
RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
TASAS POR PRESTACION DE SERVICIOS FACULTATIVOS EN MATERIA DE
PRODUCCIÓN VEGETAL Y ANIMAL (Nº Cód.: 12003-2)
BASES Y TIPOS DE GRAVAMEN O TARIFAS: Las bases y tipos de estas tasas son las que se
detallan a continuación:
1.- Por inscripción en los registros oficiales:
1.1.- Tractores agrícolas, tanto importados como de fabricación nacional y expedición de la cartilla de
circulación, se percibirá el 0,25% de su valor de compra para los de precio inferior a 3.065,46 euros y
el 0,2% para los de precio superior si son de nueva fabricación.
1.2.- Motores y restantes máquinas agrícolas, un 0,2% del precio fijado para los mismos, si son de
nueva fabricación. Cuando se trate de tractores y maquinaria reconstruidos, se cobrará el 0,1% del
precio que se le fije por la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.
- Por el cambio de propietario se percibirán: ................................................................. 11,68 €
- Por las revisiones oficiales periódicas ........................................................................... 6,06 €
2.- Por los informes facultativos de carácter económico-social o técnico que no estén previstos
aranceles, 29,06 euros, que se reducirán en un 50% si el peticionario es una entidad agropecuaria de
carácter no lucrativo.
3.- Por la inspección facultativa inicial de establecimientos comerciales destinados a la agricultura, a
razón de 9,82 euros por cada establecimiento. En visitas periódicas se percibirán 5,08 euros por
almacén de mayoristas y 2,53 euros por cada almacén de minoristas.
4.- Por derechos de informe del personal facultativo agronómico sobre beneficios a la producción, por
transformación y mejoras de terrenos y cultivos más beneficiosos, se percibirán los honorarios
resultantes de la siguiente tarifa base:
Importe del presupuesto de ejecución:
BASE DE LA MEJORA
HONORARIOS % APLICABLE
Hasta 300,51 euros.................................................................................................... 3
Resto hasta 601,01 euros .......................................................................................... 2,5
Resto hasta 3.005,06 euros ....................................................................................... 2
Resto hasta 6.010,12 euros ...................................................................................... 1,5
Resto hasta 30.050,61 euros ..................................................................................... 1
Resto hasta 60.101,21 euros ..................................................................................... 0,5
En adelante................................................................................................................ 0,2