Consejería De Educación Y Empleo. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2023060144)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, de la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 13

4686

Jueves 19 de enero de 2023

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Trabajo, de la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de la
seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2022. (2023060144)
Vistas las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 30 de agosto de 2022, por la
que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en trabajo en
las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, y de las bases reguladoras, aprobadas por Orden de la Consejera de Educación y Empleo de 22 de junio de 2022
(DOE núm. 127, de 4 de julio) el informe de la Comisión de Valoración, y haciendo uso de las
atribuciones que tengo conferidas,
HECHOS
Primero. Que las personas y entidades relacionadas en el anexo I, han presentado solicitud
de subvención al amparo de la Resolución de 30 de agosto de 2022 de la Directora General de
Trabajo, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud
en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022 (DOE
núm. 176, de 13 de diciembre), reuniendo los requisitos establecidos en el resuelvo tercero
de la citada Resolución de convocatoria para ser beneficiarios.
Segundo. Que se han desarrollado las actividades de instrucción por el órgano competente
y se ha efectuado la valoración de las solicitudes, según resulta del Informe de fecha 12 de
diciembre de 2022, de la Comisión de Valoración, en función de los criterios de valoración
previstos en el resuelvo noveno, apartado 4, de la citada Resolución de convocatoria, y de la
propuesta de resolución de la jefa de servicio de seguridad y salud en el trabajo de la Dirección General de Trabajo, de fecha 13 de diciembre de 2022.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver este procedimiento corresponde al Secretario General
de la Consejería de Educación y Empleo, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura. No obstante, esta competencia está delegada en la Dirección General de Trabajo por Resolución de 13 de mayo de 2019.
Segundo. Conforme establece el artículo 10 de la Orden de bases reguladoras de la Consejera de Educación y Empleo de 22 de junio de 2022 (DOE núm. 127, de 4 de julio), dentro de
la convocatoria el plazo máximo para resolver y notificar la resolución procedente será de seis
meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. En la resolución de concesión
se hará mención expresa a que las mismas se encuentran sujetas al régimen de minimis conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013.