Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022064235)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX) para la puesta en marcha de un Plan de formación y sensibilización para el aprovechamiento de recursos agroforestales. Expediente n.º: 2232999FR001.
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NÚMERO 13
Jueves 19 de enero de 2023
4661
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) P
or cualquier otra causa distinta de las anteriores, prevista en el Convenio o en otras
leyes.
Décima. Incumplimiento del Convenio.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los
firmantes podrá dar a la resolución del mismo.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento
en un plazo de cinco días hábiles para que cumpla con las obligaciones o compromisos que
se consideren incumplidos. Este requerimiento también será comunicado a la Comisión de
Seguimiento prevista en la cláusula sexta.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte
que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá
resuelto el Convenio.
En cuanto a las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por cada una de las partes no se prevé régimen de indemnizaciones
más allá de la resolución del Convenio, en el caso de que una de las partes incurra en alguna
de las causas de incumplimiento.
Undécima. Relacion laboral.
Los contratos celebrados por AUPEX con terceros en ejecución de las actuaciones objeto de
este Convenio serán de su exclusiva responsabilidad, efectuándose a su riesgo y ventura.
Este Convenio no generará, en ningún caso, relación laboral o profesional alguna entre la
Junta de Extremadura, y las personas designadas por AUPEX para llevar a cabo la ejecución
de las actividades incluidas en el mismo.
Duodécima. Régimen jurídico.
El presente Convenio tiene carácter administrativo y se suscribe al amparo de lo dispuesto en
el artículo 47.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
Jueves 19 de enero de 2023
4661
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) P
or cualquier otra causa distinta de las anteriores, prevista en el Convenio o en otras
leyes.
Décima. Incumplimiento del Convenio.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los
firmantes podrá dar a la resolución del mismo.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento
en un plazo de cinco días hábiles para que cumpla con las obligaciones o compromisos que
se consideren incumplidos. Este requerimiento también será comunicado a la Comisión de
Seguimiento prevista en la cláusula sexta.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte
que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá
resuelto el Convenio.
En cuanto a las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por cada una de las partes no se prevé régimen de indemnizaciones
más allá de la resolución del Convenio, en el caso de que una de las partes incurra en alguna
de las causas de incumplimiento.
Undécima. Relacion laboral.
Los contratos celebrados por AUPEX con terceros en ejecución de las actuaciones objeto de
este Convenio serán de su exclusiva responsabilidad, efectuándose a su riesgo y ventura.
Este Convenio no generará, en ningún caso, relación laboral o profesional alguna entre la
Junta de Extremadura, y las personas designadas por AUPEX para llevar a cabo la ejecución
de las actividades incluidas en el mismo.
Duodécima. Régimen jurídico.
El presente Convenio tiene carácter administrativo y se suscribe al amparo de lo dispuesto en
el artículo 47.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,