Consejería De Educación Y Empleo. Organizaciones Empresariales. Estatutos. (2023060116)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se acuerda la admisión a depósito de la modificación de los Estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresarios Rivera de Gata con número de depósito 10000274 (antiguo número de depósito 10/307).
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NÚMERO 13
Jueves 19 de enero de 2023

4684

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Trabajo, por la que se acuerda la admisión a depósito de la modificación
de los Estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de
Empresarios Rivera de Gata con número de depósito 10000274 (antiguo
número de depósito 10/307). (2023060116)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de
mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, respecto
de las asociaciones empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril,
Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, se hace público:
Que el día 18 de noviembre de 2022 fue presentada solicitud de depósito de la certificación
del acta de la Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 10 de noviembre de 2022, de la
“Asociación de Empresarios Rivera de Gata”, en la que se recoge el acuerdo para proceder a
modificar sus Estatutos (artículo 3.4 de los mismos), así como los nuevos Estatutos resultantes tras la modificación. La certificación del acta a las que se ha hecho referencia fue suscrita
por D. Francisco Javier Martín Amaro, en su condición de Secretario de la Asociación.
La citada entidad tiene asignado el código de depósito 10000274 (anterior código de depósito
10/307), domiciliada en Ronda de los Molinos, n.º 4, planta 1ª, Despacho n.º 8 de Moraleja
(Cáceres), cuyo ámbito territorial se extiende a la localidad de Moraleja y a las localidades incluidas dentro de la Comarca Sierra de Gata (Acebo, Cadalso, Cilleros, Descargamaría, Eljas,
Gata, Hernán Pérez, Hoyos, La Moheda de Gata, Moraleja, Perales del Puerto, Robledillo de
Gata, San Martín de Trevejo, Santibáñez el Alto, Trevejo, Torre de Don Miguel, Torrecilla de
los Ángeles, Valverde del Fresno, Vegaviana, Villamiel, Villanueva de la Sierra y Villasbuenas
de Gata) y a las localidades de la Comarca del Valle del Alagón (Aceituna, Acehúche, Alagón
del Río, Aldehuela del Jerte, Cachorrilla, Calzadilla, Carbaboso, Casas de Don Gómez, Casillas de Coria, Ceclavín, Coria, Galisteo, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo, Holguera, Huélaga,
Montehermoso, Morcillo, Pescueza, Portaje, Portezuelo, Pozuelo de Zarzón, Riolobos, Torrejoncillo, Valdeobispo, Villa del Campo y Zarza La Mayor) y su ámbito funcional está integrado
por “todos los empresarios que lleven a cabo el ejercicio de una actividad empresarial dentro
de las localidades comprendidas en el artículo 3”, según se especifica en el artículo 4 de sus
Estatutos.
Habida cuenta que la documentación presentada cumple con todos los requisitos legales establecidos por las citadas normas, esta Dirección General de Trabajo,