Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022064158)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Asociación Empresarial de Investigación Centro Tecnológico Nacional Agroalimentario de Extremadura (CTAEX), para actuaciones de apoyo mutuo en la mejora y divulgación de la Red de asesoramiento a la fertilización y control de la contaminación en zonas vulnerables por nitratos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (2022-2024).
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NÚMERO 13
Jueves 19 de enero de 2023

4620

Tercera. Comisión mixta de seguimiento, vigilancia y control.
Ambas partes, y de común acuerdo, constituirán una Comisión Mixta de Seguimiento, Vigilancia y Control, en el plazo máximo de un mes desde la firma del presente Convenio, que estará
integrada por dos representantes designados por CTAEX y tres representantes de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio designados por el Director General
de Agricultura y Ganadería, actuando como Presidente el representante de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de mayor jerarquía y como Secretario un
miembro de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control designado por el Presidente.
La Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control tendrá como funciones la programación, seguimiento, vigilancia, control y valoración de las actividades derivadas del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control una vez al año, elevándose por aquella a las
partes los informes relativos a la ejecución del presente Convenio.
Cada año se elaborará una memoria de las actividades realizadas al amparo del presente
Convenio, así como una propuesta de actuación para el siguiente ejercicio.
El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control se regirá por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección Tercera de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
del Régimen Jurídico del Sector Público.
Se garantiza la representación equilibrada de hombres y mujeres en la composición de la Comisión Mixta de Seguimiento, Vigilancia y Control, conforme a lo establecido en el artículo 29
de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, siendo observado este mismo criterio de representación
para las designaciones en caso de suplencia.
Son funciones concretas de la Comisión velar por el correcto cumplimiento del Convenio,
interpretar y resolver las controversias técnicas que pudieran derivarse y establecer las estrategias operativas a seguir.
Cuarta. Intercambio de información.
Se debe respetar toda la normativa de seguridad y protección de datos (Ley orgánica 3/2018
de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales),
asumiendo la Asociación Empresarial de Investigación Centro Tecnológico Nacional Agroalimentario de Extremadura (CTAEX) el “Compromiso de cumplimiento de las cláusulas relativas
a seguridad de la información y protección de datos personales”, que como anexo II se incluye
en el convenio.
El intercambio de información obtenido con las actividades desarrolladas por este Convenio
específico, constituye la base para la adecuada colaboración que se pretende entre las partes.