Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Seguros Agrarios. (2023040012)
Corrección de errores del Decreto 152/2022, de 21 de diciembre, de fomento de seguros agrarios combinados y convocatoria para la anualidad 2023.
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NÚMERO 12
Miércoles 18 de enero de 2023
I
4244
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
CORRECCIÓN de errores del Decreto 152/2022, de 21 de diciembre, de
fomento de seguros agrarios combinados y convocatoria para la anualidad
2023. (2023040012)
Advertido error en el Decreto 152/2022, de 21 de diciembre, de fomento de seguros agrarios
combinados y convocatoria para la anualidad 2023, publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 249, de 30 de diciembre de 2022, se procede a su corrección en los siguientes
términos:
1. E
n la exposición de motivos, página 67555, párrafo segundo:
Donde dice:
“Precisamente, al objeto de garantizar la seguridad jurídica, la eficacia y la eficiencia de
las subvenciones a la contratación de las pólizas de seguros agrarios combinados, y de
asegurar el efecto incentivador preceptivo de las mismas, cualquiera que sea el momento del año en que se formalicen las pólizas de seguros que constituyen las solicitudes de
las ayudas, las bases reguladoras contenidas en este decreto se encuentran adaptadas
y se amparan bajo la disposición adicional séptima del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, aprobado por
el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de contenido similar a la Disposición
Adicional Séptima de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022”.
Debe decir:
“Precisamente, al objeto de garantizar la seguridad jurídica, la eficacia y la eficiencia de
las subvenciones a la contratación de las pólizas de seguros agrarios combinados, y de
asegurar el efecto incentivador preceptivo de las mismas, cualquiera que sea el momento
del año en que se formalicen las pólizas de seguros que constituyen las solicitudes de las
ayudas, las bases reguladoras contenidas en este decreto se encuentran adaptadas y se
amparan bajo la disposición adicional octava del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, aprobado por el Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, de contenido similar a la Disposición Adicional
Séptima de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022”.
Miércoles 18 de enero de 2023
I
4244
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
CORRECCIÓN de errores del Decreto 152/2022, de 21 de diciembre, de
fomento de seguros agrarios combinados y convocatoria para la anualidad
2023. (2023040012)
Advertido error en el Decreto 152/2022, de 21 de diciembre, de fomento de seguros agrarios
combinados y convocatoria para la anualidad 2023, publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 249, de 30 de diciembre de 2022, se procede a su corrección en los siguientes
términos:
1. E
n la exposición de motivos, página 67555, párrafo segundo:
Donde dice:
“Precisamente, al objeto de garantizar la seguridad jurídica, la eficacia y la eficiencia de
las subvenciones a la contratación de las pólizas de seguros agrarios combinados, y de
asegurar el efecto incentivador preceptivo de las mismas, cualquiera que sea el momento del año en que se formalicen las pólizas de seguros que constituyen las solicitudes de
las ayudas, las bases reguladoras contenidas en este decreto se encuentran adaptadas
y se amparan bajo la disposición adicional séptima del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, aprobado por
el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de contenido similar a la Disposición
Adicional Séptima de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022”.
Debe decir:
“Precisamente, al objeto de garantizar la seguridad jurídica, la eficacia y la eficiencia de
las subvenciones a la contratación de las pólizas de seguros agrarios combinados, y de
asegurar el efecto incentivador preceptivo de las mismas, cualquiera que sea el momento
del año en que se formalicen las pólizas de seguros que constituyen las solicitudes de las
ayudas, las bases reguladoras contenidas en este decreto se encuentran adaptadas y se
amparan bajo la disposición adicional octava del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, aprobado por el Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, de contenido similar a la Disposición Adicional
Séptima de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022”.