Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023080086)
Anuncio de 28 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 31 de octubre de 2019, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones públicas destinadas a actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2019.
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NÚMERO 12
Miércoles 18 de enero de 2023
4502
ANUNCIO de 28 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a las
ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 31 de octubre de 2019, de
la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones
públicas destinadas a actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio
2019. (2023080086)
Mediante la Orden de 27 de agosto de 2019 se establecieron las bases reguladoras de las
subvenciones públicas destinadas a actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El 14 de noviembre de 2019 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, la Resolución de
31 de octubre de 2019, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de
subvenciones públicas destinadas a actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2019.
El artículo 29 de la citada orden, establece que las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Portal Electrónico de
la Transparencia y la Participación Ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en el artículo
11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000
euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a los beneficiarios para el desarrollo de los proyectos de inversión considerados como incentivables:
Anexo I: Subvenciones concedidas para la instalación de estaciones de recarga para vehículos
eléctricos.
El pago de estas ayudas se imputará con cargo a las posiciones presupuestarias
1800200/G/333A/76000 y 1800200/G/333A/77000, de los proyectos de gasto 20190212 y
20190211 respectivamente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2023.
Miércoles 18 de enero de 2023
4502
ANUNCIO de 28 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a las
ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 31 de octubre de 2019, de
la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones
públicas destinadas a actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio
2019. (2023080086)
Mediante la Orden de 27 de agosto de 2019 se establecieron las bases reguladoras de las
subvenciones públicas destinadas a actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El 14 de noviembre de 2019 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, la Resolución de
31 de octubre de 2019, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de
subvenciones públicas destinadas a actuaciones para el fomento de la movilidad eléctrica en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2019.
El artículo 29 de la citada orden, establece que las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Portal Electrónico de
la Transparencia y la Participación Ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en el artículo
11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000
euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a los beneficiarios para el desarrollo de los proyectos de inversión considerados como incentivables:
Anexo I: Subvenciones concedidas para la instalación de estaciones de recarga para vehículos
eléctricos.
El pago de estas ayudas se imputará con cargo a las posiciones presupuestarias
1800200/G/333A/76000 y 1800200/G/333A/77000, de los proyectos de gasto 20190212 y
20190211 respectivamente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2023.