Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Habilitación Profesional. (2023060125)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establece el calendario de exámenes a celebrar durante el año 2023 para la obtención de los carnés y habilitaciones profesionales en distintas especialidades de Instalador, Mantenedor, Reparador y Operador, reguladas en los Reglamentos de Seguridad Industrial en vigor.
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NÚMERO 11
Martes 17 de enero de 2023

4212

las normas UNE relacionadas en la ITC-ICG 11, correspondientes a las ITC-ICG exigibles
a esta categoría de instalador, de entre las señaladas para la prueba teórica del instalador categoría A.
— Práctica: Lo señalado en los apartados 2.1.2 y 2.1.3 para el instalador de categoría B en
el anexo 1 de la ITC-ICG 09.
2.3. Examen instalador de gas categoría C:
— Teórica: Los conocimientos teóricos y de reglamentación señalados en los apartados
3.1.1 y 3.2 del anexo 1 de la citada ITC-ICG 09. Además, en cuanto a reglamentación,
las normas UNE relacionadas en la ITC-ICG 11, correspondientes a las ITC-ICG exigibles
a esta categoría de instalador, de entre las señaladas para la prueba teórica del instalador de categoría A.
— Práctica: Lo señalado en los apartados 3.1.2 y 3.1.3 para el instalador de categoría C en
el anexo 1 de la ITC-ICG 09.
3. Documentación que deberá acompañar a la solicitud:
— Justificante del abono de tasas por derecho de examen.
PROFESIONAL DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS.
1. Requisitos para el acceso al examen.
Para poder acceder al examen para la obtención del carné profesional de instalaciones
térmicas en edificios, las personas físicas deben acreditar las siguientes condiciones:


a. Ser mayor de edad.

b. Haber recibido y superado un curso teórico y práctico de conocimientos básicos y
otro sobre conocimientos específicos en instalaciones térmicas de edificios, impartido
por una entidad reconocida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma,
con la duración y el contenido indicados en los apartados 3.1 y 3.2 del apéndice 3 del
RITE (RD 1027/2007 y modificaciones posteriores).


c. Acreditar una experiencia laboral de, al menos, tres años en una empresa instaladora
o mantenedora como técnico.