Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022063468)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 de las ayudas para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023

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Noveno. Comisión de Valoración.
1. Las solicitudes presentadas serán evaluadas por una Comisión de Valoración constituida al
efecto cuyo informe tendrá carácter vinculante. Dicha Comisión estará integrada por cuatro miembros, nombrados por el Secretario General de Economía y Comercio: un Jefe de
Servicio, que actuará como presidente, dos técnicos del Servicio de Comercio Interior, y un
funcionario de la especialidad jurídica que realizará las funciones de Secretario, todos ellos
con voz y voto. La composición de la Comisión de Valoración se hará pública en el tablón
de anuncios de la Secretaría General de Economía y Comercio, una vez finalizado el plazo
de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.
2. Se levantará Acta de la Comisión de Valoración por parte del Secretario, en la que se recogerá el resultado de la misma, y será firmada por éste con el visto bueno del Presidente
de la Comisión.
Décimo. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayudas.
1. Para la concesión de las ayudas se valorarán los aspectos que se detallan a continuación,
de acuerdo con la siguiente baremación:
a) 
Número de establecimientos actuales, ya sean propios o franquiciados (puntuación
máxima 35 puntos).
Se otorgará la siguiente puntuación en función del número de establecimientos (propios
y franquiciados) que tenga la franquicia en el momento de publicación de la presente
convocatoria, según se haga constar en el anexo I:


• De 4 a 5 establecimientos: 10 puntos.



• De 6 a 7 establecimientos: 17 puntos.



• De 8 a 10 establecimientos: 25 puntos.



• Más de 10 establecimientos: 35 puntos.

b) Incremento del número de franquiciados en los últimos 2 años (puntuación máxima 20
puntos).
Se otorgará la siguiente puntuación en función del incremento del número de franquiciados en los 2 años anteriores a aquel al que corresponde la convocatoria, considerando la fecha de celebración del contrato de franquicia indicado en el anexo I:


• Un franquiciado: 5 puntos.