Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060105)
Resolución de 4 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina de cebo intensivo, en el término municipal de Azuaga, cuya promotora es Agro Durán Campos, SL. Expte.: IA21/0584.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023
3909
de una serie de medidas preventivas y correctoras que han sido incluidas en la presente
declaración.
• Con fecha 6 de julio de 2021 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General Sostenibilidad informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats
protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas.
• Con fecha 17 de septiembre de 2021 se emite informe por parte de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en el que informa favorablemente siempre cuando se tengan en
consideración una serie de medidas, que han sido incluidas en la presente declaración.
• Con fecha 23 de junio de 2021 la Dirección General de Urbanismo informa que en relación con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre ningún Plan
Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva por la Ley 15/2001,
de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura, y modificaciones posteriores (derogada por Ley 11/2018, de 21 de diciembre). ), si bien, actualmente
se halla en aprobación inicial, por resolución de la Consejera de Medio Ambiente y Rural,
Política Agraria y Territorio, de 19 de febrero de 2019, el Plan Territorial de La Campiña,
ámbito territorial en el que se incluye el término municipal de Azuaga, y que establecerá
una nueva regulación cuando se apruebe definitivamente. Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del
Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en
vigor desde el 27 de junio de 2019.
• Con fecha 23 de junio de 2021 la Dirección General de Salud Pública informa favorablemente al respecto.
Durante el procedimiento de consultas se solicitó informe del Agente del Medio Natural.
Estos informes han sido considerados en el análisis técnico del expediente a la hora de
formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a los mismos debe
entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras y correctoras a las que se
sujetará la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad.
Las consideraciones del promotor a estos informes se han integrado en el apartado C.
“Resumen del análisis técnico del expediente” de esta declaración de impacto ambiental.
Lunes 16 de enero de 2023
3909
de una serie de medidas preventivas y correctoras que han sido incluidas en la presente
declaración.
• Con fecha 6 de julio de 2021 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General Sostenibilidad informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats
protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas.
• Con fecha 17 de septiembre de 2021 se emite informe por parte de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en el que informa favorablemente siempre cuando se tengan en
consideración una serie de medidas, que han sido incluidas en la presente declaración.
• Con fecha 23 de junio de 2021 la Dirección General de Urbanismo informa que en relación con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre ningún Plan
Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva por la Ley 15/2001,
de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura, y modificaciones posteriores (derogada por Ley 11/2018, de 21 de diciembre). ), si bien, actualmente
se halla en aprobación inicial, por resolución de la Consejera de Medio Ambiente y Rural,
Política Agraria y Territorio, de 19 de febrero de 2019, el Plan Territorial de La Campiña,
ámbito territorial en el que se incluye el término municipal de Azuaga, y que establecerá
una nueva regulación cuando se apruebe definitivamente. Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del
Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en
vigor desde el 27 de junio de 2019.
• Con fecha 23 de junio de 2021 la Dirección General de Salud Pública informa favorablemente al respecto.
Durante el procedimiento de consultas se solicitó informe del Agente del Medio Natural.
Estos informes han sido considerados en el análisis técnico del expediente a la hora de
formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a los mismos debe
entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras y correctoras a las que se
sujetará la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad.
Las consideraciones del promotor a estos informes se han integrado en el apartado C.
“Resumen del análisis técnico del expediente” de esta declaración de impacto ambiental.