Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023040010)
Decreto 169/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Innovación y Talento Plus (PIT+) y su primera convocatoria.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023
3764
establecido en la memoria del proyecto. No se podrá iniciar la contratación hasta que no se
haya notificado la resolución de concesión y se deberá realizar, con carácter general, en el
plazo establecido en dicha resolución.
Para garantizar que la persona seleccionada cumple los requisitos de encontrarse desempleada e inscrita en el SEXPE y además de ser beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía
Juvenil, se contactará con el Centro de Empleo del SEXPE más cercano para que se informe
que cumple con dichos requisitos, además, de la comprobación de que se puede formalizar
el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, de que cuenta con la titulación requerida y de que no ha participado anteriormente
en un proyecto del Programa de Innovación y Talento o de Innovación y Talento Plus.
2. La entidad promotora presentará ante el Servicio competente en la gestión de los programas
públicos mixtos de empleo-formación, en el plazo de cinco días desde el inicio del proyecto, la
documentación acreditativa del inicio del proyecto mediante la contratación, del alta en el grupo correspondiente de cotización de seguridad social y solicitudes de las personas participantes, del cumplimiento de las medidas de publicidad y la programación definitiva del proyecto.
La acreditación de la contratación de las personas participantes se realizará mediante la
presentación por la entidad promotora de copia de los contratos comunicados al Servicio
Extremeño Público de Empleo (SEXPE), dónde se debe incluir que abarque la duración del
proyecto, que la retribución salarial bruta cumpla con la mínima establecida en el artículo
6.5 de este decreto y una cláusula adicional en el caso de que la contratación está financiada con fondos europeos con el contenido que se facilitará en la correspondiente Guía de
Gestión. El alta en el grupo correspondiente de cotización de la seguridad social se consultará por el órgano gestor, salvo que la persona participante se haya opuesto, en cuyo caso
se deberá adjuntar informe de vida laboral.
3. Las personas participantes suscribirán en el sistema informático habilitado para ello cada
entrada y salida de la actividad formativa en el centro de formación, considerándose válidos los sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada conforme a lo
previsto en el artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, excepcionalmente en el caso de que
no fuese posible, se recogerá en el modelo de control de asistencia y la entidad promotora
los remitirá a la finalización del primer semestre y a la finalización del proyecto al Servicio
competente en la gestión de los programas públicos mixtos de empleo-formación, junto
con la información del desarrollo del proyecto.
También se deberá comunicar con antelación a que se produzca cualquier modificación de
la programación enviada al inicio del proyecto.
Lunes 16 de enero de 2023
3764
establecido en la memoria del proyecto. No se podrá iniciar la contratación hasta que no se
haya notificado la resolución de concesión y se deberá realizar, con carácter general, en el
plazo establecido en dicha resolución.
Para garantizar que la persona seleccionada cumple los requisitos de encontrarse desempleada e inscrita en el SEXPE y además de ser beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía
Juvenil, se contactará con el Centro de Empleo del SEXPE más cercano para que se informe
que cumple con dichos requisitos, además, de la comprobación de que se puede formalizar
el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, de que cuenta con la titulación requerida y de que no ha participado anteriormente
en un proyecto del Programa de Innovación y Talento o de Innovación y Talento Plus.
2. La entidad promotora presentará ante el Servicio competente en la gestión de los programas
públicos mixtos de empleo-formación, en el plazo de cinco días desde el inicio del proyecto, la
documentación acreditativa del inicio del proyecto mediante la contratación, del alta en el grupo correspondiente de cotización de seguridad social y solicitudes de las personas participantes, del cumplimiento de las medidas de publicidad y la programación definitiva del proyecto.
La acreditación de la contratación de las personas participantes se realizará mediante la
presentación por la entidad promotora de copia de los contratos comunicados al Servicio
Extremeño Público de Empleo (SEXPE), dónde se debe incluir que abarque la duración del
proyecto, que la retribución salarial bruta cumpla con la mínima establecida en el artículo
6.5 de este decreto y una cláusula adicional en el caso de que la contratación está financiada con fondos europeos con el contenido que se facilitará en la correspondiente Guía de
Gestión. El alta en el grupo correspondiente de cotización de la seguridad social se consultará por el órgano gestor, salvo que la persona participante se haya opuesto, en cuyo caso
se deberá adjuntar informe de vida laboral.
3. Las personas participantes suscribirán en el sistema informático habilitado para ello cada
entrada y salida de la actividad formativa en el centro de formación, considerándose válidos los sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada conforme a lo
previsto en el artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, excepcionalmente en el caso de que
no fuese posible, se recogerá en el modelo de control de asistencia y la entidad promotora
los remitirá a la finalización del primer semestre y a la finalización del proyecto al Servicio
competente en la gestión de los programas públicos mixtos de empleo-formación, junto
con la información del desarrollo del proyecto.
También se deberá comunicar con antelación a que se produzca cualquier modificación de
la programación enviada al inicio del proyecto.