Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2023050010)
Orden de 9 de enero de 2023 por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes "Fondos MR" relativa a las creaciones de las Unidades Administrativas Provisionales.
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NÚMERO 9
Viernes 13 de enero de 2023
3570
ORDEN de 9 de enero de 2023 por la que se modifica la relación de puestos
de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes "Fondos MR" relativa a las creaciones de las Unidades Administrativas
Provisionales. (2023050010)
Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
tiene por objeto fijar el marco general de las estructuras de gobernanza en la Junta de Extremadura de las formas de intervención cofinanciadas con los fondos de la Unión Europea tanto
los estructurales como los no estructurales o de cohesión.
En los artículos 7 y siguientes de la citada norma, se regulan los instrumentos de gestión
pública para la adecuada implementación de la actuación administrativa necesaria para la
gestión y ejecución de los fondos europeos provenientes del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.
En concreto, se prevé la posibilidad, en aras de alcanzar los objetivos establecidos y por razones de eficacia y eficiencia, de constituir unidades provisionales para la ejecución y gestión
de proyectos financiables con cargo a fondos europeos objeto del Decreto-Ley. Estas unidades
se constituirán mediante resolución de la titular de la Consejería competente en materia de
función pública, previa propuesta de la Consejería que aprecie la necesidad de la misma.
El citado artículo 7 del Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, establece que los recursos humanos con los que contarán las unidades administrativas de carácter provisional son empleados/as públicos en atribución temporal de funciones a realizar en la unidad, en comisión de
servicios, y en última instancia y de forma subsidiaria, mediante nombramiento de personal
funcionario interino o personal laboral temporal, previa la creación de los puestos de trabajo
en la relación de puestos de trabajo que corresponda.
La modificación de las relaciones de puestos de trabajo existentes necesarias para la puesta
en funcionamiento de estas unidades administrativas de carácter provisional se tramitarán
con carácter preferente y serán aprobadas por la titular de la Consejería competente en materia de función pública.
En este marco normativo de carácter excepcional, mediante la presente modificación de puestos de trabajo de personal funcionario, se ha procedido a la creación de tres puestos singularizados con vigencia temporal, entre ellos, una Jefatura de Sección dependiente de la
Secretaria General y adscrita al Servicio de Obras y Proyectos, una Jefatura de Unidad y una
Jefatura de Sección adscritas a la Dirección General de Turismo, así como doce puestos no
singularizados pertenecientes a los Cuerpos de Titulados Superiores, Técnico y Auxiliar, de
las especialidades necesarias para cumplir los objetivos propuestos con los fondos europeos
que se reciben.
Viernes 13 de enero de 2023
3570
ORDEN de 9 de enero de 2023 por la que se modifica la relación de puestos
de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes "Fondos MR" relativa a las creaciones de las Unidades Administrativas
Provisionales. (2023050010)
Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
tiene por objeto fijar el marco general de las estructuras de gobernanza en la Junta de Extremadura de las formas de intervención cofinanciadas con los fondos de la Unión Europea tanto
los estructurales como los no estructurales o de cohesión.
En los artículos 7 y siguientes de la citada norma, se regulan los instrumentos de gestión
pública para la adecuada implementación de la actuación administrativa necesaria para la
gestión y ejecución de los fondos europeos provenientes del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.
En concreto, se prevé la posibilidad, en aras de alcanzar los objetivos establecidos y por razones de eficacia y eficiencia, de constituir unidades provisionales para la ejecución y gestión
de proyectos financiables con cargo a fondos europeos objeto del Decreto-Ley. Estas unidades
se constituirán mediante resolución de la titular de la Consejería competente en materia de
función pública, previa propuesta de la Consejería que aprecie la necesidad de la misma.
El citado artículo 7 del Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, establece que los recursos humanos con los que contarán las unidades administrativas de carácter provisional son empleados/as públicos en atribución temporal de funciones a realizar en la unidad, en comisión de
servicios, y en última instancia y de forma subsidiaria, mediante nombramiento de personal
funcionario interino o personal laboral temporal, previa la creación de los puestos de trabajo
en la relación de puestos de trabajo que corresponda.
La modificación de las relaciones de puestos de trabajo existentes necesarias para la puesta
en funcionamiento de estas unidades administrativas de carácter provisional se tramitarán
con carácter preferente y serán aprobadas por la titular de la Consejería competente en materia de función pública.
En este marco normativo de carácter excepcional, mediante la presente modificación de puestos de trabajo de personal funcionario, se ha procedido a la creación de tres puestos singularizados con vigencia temporal, entre ellos, una Jefatura de Sección dependiente de la
Secretaria General y adscrita al Servicio de Obras y Proyectos, una Jefatura de Unidad y una
Jefatura de Sección adscritas a la Dirección General de Turismo, así como doce puestos no
singularizados pertenecientes a los Cuerpos de Titulados Superiores, Técnico y Auxiliar, de
las especialidades necesarias para cumplir los objetivos propuestos con los fondos europeos
que se reciben.