Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060050)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 24 de noviembre de 2022, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de la Construcción y Obras Públicas para Cáceres y su provincia, en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales correspondientes a la anualidad 2023 en el ámbito de aplicación del citado convenio.
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NÚMERO 8
Jueves 12 de enero de 2023

3463

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO
PROVINCIAL DE CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE
CÁCERES
Por CNC CÁCERES-FECONS:
Joaquín Sánchez Chamorro (XXX0798XX).
Por PYMECON:
José Luis Iglesias Sánchez (XXX7744XX).
Por CC.OO de CYS EXTREMADURA:
Jacinto Mellado García (XXX9976XX).
José Antonio Guerra Peláez (XXX7042XX).
Por UGT FICA EXTREMADURA:
Laura Méndez Castaño (XXX6859XX).
Juan José Pedrazo Mogollón (XXX6668XX).
En Cáceres, en la sede de Cáceres de la Fundación Laboral de la Construcción, siendo las
12:00 horas del día 24 de noviembre de 2022, se reúnen los miembros arriba relacionados.
Primero. El objeto de la reunión de la comisión negociadora del convenio provincial de la
construcción y obras públicas de Cáceres es la negociación de las tablas salariales de 2023.
Segundo. Se acuerda por los miembros de la misma la firma de la tabla salarial 2023, que
representa un incremento salarial del 3,00 % respecto a las tablas salariales provinciales del
año 2022, conforme a lo pactado por la Comisión Negociadora del VI Convenio General del
Sector de la Construcción publicada en el BOE de 5 de agosto de 2022.
En el caso de los contratos formativos en vigor, se aplicará igualmente el incremento del 3 %;
mientras que para los nuevos contratos en formación será de aplicación lo dispuesto en el nuevo
artículo 24 del Convenio General.
La vigencia de dicha tabla es de aplicación desde el 1 de enero de 2023 y se adjunta como
Anexo a la presente acta.
Tercero. Asimismo se acuerda por parte de esta Comisión Negociadora los incrementos del 3 % correspondientes a los subsectores del Yeso y la Escayola, así como el resto de los conceptos económicos