Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Información Pública. (2023AC0001)
Acuerdo de 4 de enero de 2023, de la Secretaría General, por el que se procede a la apertura de los trámites de audiencia e información pública sobre el proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda autonómica destinada a financiar los costes de gestión de las entidades del tercer sector derivados de su colaboración en el programa estatal de alquiler para personas especialmente vulnerables.
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NÚMERO 8

3521

Jueves 12 de enero de 2023

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
ACUERDO de 4 de enero de 2023, de la Secretaría General, por el que se
procede a la apertura de los trámites de audiencia e información pública
sobre el proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras
de la ayuda autonómica destinada a financiar los costes de gestión de las
entidades del tercer sector derivados de su colaboración en el programa
estatal de alquiler para personas especialmente vulnerables. (2023AC0001)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66.3 y 66.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el
artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y a efecto de garantizar el derecho de los ciudadanos a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general, esta Secretaría General,
ACUERDA:
La apertura de los trámites de audiencia e información pública sobre el proyecto de Orden
por la que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda autonómica destinada a financiar
los costes de gestión de las entidades del tercer sector derivados de su colaboración en el
programa estatal de alquiler para personas especialmente vulnerables.
La audiencia e información pública tienen por objeto recabar la opinión de las personas titulares de derechos e intereses legítimos afectados por el proyecto normativo o de las organizaciones o asociaciones que las agrupen o representen, cuyos fines guarden relación directa
con el objeto de la disposición, y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar
otras personas o entidades.
Particularmente, se dará audiencia al Consejo Asesor de Vivienda de Extremadura, órgano
consultivo y de asesoramiento de la Junta de Extremadura en materia de vivienda y representativo de los distintos agentes sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las aportaciones podrán efectuarse durante un plazo de 7 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, a través
del buzón de correo electrónico: dgvivienda.mtv@juntaex.es
La brevedad del plazo se justifica por la urgencia de dotar a las entidades del tercer sector de
las herramientas necesarias para puedan facilitar con premura una vivienda o solución habitacional a personas especialmente vulnerables dentro del programa de ayudas contempladas
en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, para este colectivo de especial protección.