Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2023060036)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023
2996
e.4. La adecuación de los medios propuestos a las finalidades perseguidas, valorándose
positivamente el hecho de que las actividades propuestas estén encaminadas a la consecución de los objetivos del proyecto, y que además utilicen una metodología participativa y unos indicadores evaluativos de consecución de objetivos generales abiertos,
sobre todo, al desarrollo de hábitos democráticos que fomenten valores de convivencia
solidaria y difusión de la cultura: hasta 5 puntos.
e.5. La viabilidad económica y rigor presupuestario, valorándose positivamente los
proyectos que contribuyan de forma racional al desarrollo económico de la industria
cultural extremeña de los sectores editorial y literario, de las artes escénicas, musical,
audiovisual, cinematográfica, artes visuales y plásticas y cualquier otra disciplina: hasta 5 puntos.
Dichos extremos se acreditarán mediante declaración del Anexo II de forma individualizada por cada apartado.
f) Número de disciplinas a desarrollar: hasta 8 puntos. Se otorgará 1,00 punto por cada
disciplina desarrollada de conformidad con lo establecido en el apartado 3.1 de la presente convocatoria.
g) Número de actividades a desarrollar en el proyecto: hasta 9 puntos: Se valorará 1,50
puntos por actividad, con un máximo de 9 puntos.
h) Ámbito territorial de desarrollo del proyecto: hasta 7,50 puntos:
— Se otorgará 1,50 puntos por cada localidad concreta en la que se desarrolle el proyecto, con un máximo de 7,50 puntos.
— Si la actividad se desarrollase a través de internet, se considerará como una única
localidad, adjudicándose 1,50 puntos.
— La misma actividad realizada en una localidad concreta y a través de internet se valorará con 1,50 puntos.
i) Recursos financieros. Fuentes de financiación ajenas a la Secretaría General de Cultura
dedicadas al proyecto. Se valorará entre 0 y 4,50 puntos:
— Aportaciones realizadas por entidades públicas o privadas para la realización del proyecto, con un mínimo del 10% del coste total del mismo: 1,50 puntos.
— Aportaciones realizadas por la propia entidad solicitante, excluidas las subvenciones
concedidas por otras entidades públicas o privadas, para la realización del proyecto:
Miércoles 11 de enero de 2023
2996
e.4. La adecuación de los medios propuestos a las finalidades perseguidas, valorándose
positivamente el hecho de que las actividades propuestas estén encaminadas a la consecución de los objetivos del proyecto, y que además utilicen una metodología participativa y unos indicadores evaluativos de consecución de objetivos generales abiertos,
sobre todo, al desarrollo de hábitos democráticos que fomenten valores de convivencia
solidaria y difusión de la cultura: hasta 5 puntos.
e.5. La viabilidad económica y rigor presupuestario, valorándose positivamente los
proyectos que contribuyan de forma racional al desarrollo económico de la industria
cultural extremeña de los sectores editorial y literario, de las artes escénicas, musical,
audiovisual, cinematográfica, artes visuales y plásticas y cualquier otra disciplina: hasta 5 puntos.
Dichos extremos se acreditarán mediante declaración del Anexo II de forma individualizada por cada apartado.
f) Número de disciplinas a desarrollar: hasta 8 puntos. Se otorgará 1,00 punto por cada
disciplina desarrollada de conformidad con lo establecido en el apartado 3.1 de la presente convocatoria.
g) Número de actividades a desarrollar en el proyecto: hasta 9 puntos: Se valorará 1,50
puntos por actividad, con un máximo de 9 puntos.
h) Ámbito territorial de desarrollo del proyecto: hasta 7,50 puntos:
— Se otorgará 1,50 puntos por cada localidad concreta en la que se desarrolle el proyecto, con un máximo de 7,50 puntos.
— Si la actividad se desarrollase a través de internet, se considerará como una única
localidad, adjudicándose 1,50 puntos.
— La misma actividad realizada en una localidad concreta y a través de internet se valorará con 1,50 puntos.
i) Recursos financieros. Fuentes de financiación ajenas a la Secretaría General de Cultura
dedicadas al proyecto. Se valorará entre 0 y 4,50 puntos:
— Aportaciones realizadas por entidades públicas o privadas para la realización del proyecto, con un mínimo del 10% del coste total del mismo: 1,50 puntos.
— Aportaciones realizadas por la propia entidad solicitante, excluidas las subvenciones
concedidas por otras entidades públicas o privadas, para la realización del proyecto: