Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2023060031)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se declaran en concreto de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ampliación de subestación 15/20 kV, con un 2º transformador de 7,5 MVA". Término municipal: Fuente del Maestre. Expte.: 06/AT-18972/17872.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023
3157
distribución de energía eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la Ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo. Así
mismo declara de utilidad pública las instalaciones de generación, transporte y distribución de
electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre bienes y derechos
necesarios para establecerlas, si bien establece la condición de que las empresas titulares de
las instalaciones deberán solicitarla de forma expresa, como así ha sido en el presente caso.
De conformidad con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y
manifestaciones que se hubieran recibido durante la instrucción del procedimiento, así como
los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución
pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de
las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, y la Empresa ha aceptado los condicionados de Administraciones Públicas y entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a Eléctrica Santa Marta y Villalba, SL, reconocimiento en concreto de la utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “ampliación de Subestación 15/20 kV, con un 2º transformador de 7,5 MVA”, cuyos datos esenciales son los indicados
seguidamente:
Estación Transformadora:
Transformador 1:
Tipo: Cubierto. Relación de transformación: 15/20 kV.
Potencia: 25 KVA.
Transformador 2:
Tipo: Intemperie. Relación de transformación: 15-20/ B1.
Potencia: 7.500 KVA.
Miércoles 11 de enero de 2023
3157
distribución de energía eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la Ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo. Así
mismo declara de utilidad pública las instalaciones de generación, transporte y distribución de
electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre bienes y derechos
necesarios para establecerlas, si bien establece la condición de que las empresas titulares de
las instalaciones deberán solicitarla de forma expresa, como así ha sido en el presente caso.
De conformidad con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y
manifestaciones que se hubieran recibido durante la instrucción del procedimiento, así como
los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución
pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de
las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, y la Empresa ha aceptado los condicionados de Administraciones Públicas y entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a Eléctrica Santa Marta y Villalba, SL, reconocimiento en concreto de la utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “ampliación de Subestación 15/20 kV, con un 2º transformador de 7,5 MVA”, cuyos datos esenciales son los indicados
seguidamente:
Estación Transformadora:
Transformador 1:
Tipo: Cubierto. Relación de transformación: 15/20 kV.
Potencia: 25 KVA.
Transformador 2:
Tipo: Intemperie. Relación de transformación: 15-20/ B1.
Potencia: 7.500 KVA.