Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2023060037)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023
2925
En ______________________, a ___ de ________ de ___
El Representante Legal de la Empresa,
Fdo.: ______________________________
DNI núm.: ____________________
Notas:
•
Los gastos generales deberán ser justificados individualmente, además de con las facturas o documentos
correspondientes, mediante certificado expreso de cada gasto o de cada grupo de gastos si son de características
similares.
•
Se deberán justificar, si las hubiere, las diferencias entre los grupos correspondientes al presupuesto inicial y el
justificado.
•
Los pagos de operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros deberán justificarse necesariamente mediante
documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés, etc.) y su correspondiente justificación de cargo en cuenta
(mediante certificado de la entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas, documento de cargo en cuenta,
etc.).
•
Los pagos de operaciones de importe inferior a 1.000 euros podrán justificarse, además de la manera indicada en el
párrafo anterior, mediante Recibo o Certificado de pago de la misma emitido por el proveedor (en original).
•
En cualquier caso, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe
pagado y la factura a que corresponde dicho pago.
Miércoles 11 de enero de 2023
2925
En ______________________, a ___ de ________ de ___
El Representante Legal de la Empresa,
Fdo.: ______________________________
DNI núm.: ____________________
Notas:
•
Los gastos generales deberán ser justificados individualmente, además de con las facturas o documentos
correspondientes, mediante certificado expreso de cada gasto o de cada grupo de gastos si son de características
similares.
•
Se deberán justificar, si las hubiere, las diferencias entre los grupos correspondientes al presupuesto inicial y el
justificado.
•
Los pagos de operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros deberán justificarse necesariamente mediante
documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés, etc.) y su correspondiente justificación de cargo en cuenta
(mediante certificado de la entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas, documento de cargo en cuenta,
etc.).
•
Los pagos de operaciones de importe inferior a 1.000 euros podrán justificarse, además de la manera indicada en el
párrafo anterior, mediante Recibo o Certificado de pago de la misma emitido por el proveedor (en original).
•
En cualquier caso, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe
pagado y la factura a que corresponde dicho pago.