Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Ayudas. (2023060034)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023
3065
RESUELVE:
Primero. Objeto.
Por medio de esta resolución se efectúa la convocatoria, correspondiente al ejercicio 2023,
de las ayudas destinadas a los municipios de Extremadura que formen parte de la Red de
Teatros y otros espacios escénicos con el fin de sufragar los gastos para la financiación de la
contratación de espectáculos de artes escénicas y musicales en Extremadura incluidos dentro
de su programación y permitir dinamizar, movilizar y gestionar la cultura al mayor número de
posibles beneficiarios en la región, facilitando la distribución y exhibición de las producciones
de teatro, música, danza y circo.
Segundo. Régimen jurídico.
La convocatoria de estas ayudas se rige por lo previsto en el Capítulo III del Decreto 155/2018,
de 18 de septiembre, por el que se crea la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música (DOE n.º 187, de 25 de septiembre de 2018), por lo
establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, e igualmente por las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del
Estado.
Tercero. Beneficiarios y requisitos de los mismos.
1. P
odrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos los municipios de Extremadura que formen parte de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de conformidad con
lo establecido en el Capítulo I del Decreto 155/2018, de 18 de septiembre.
2. Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
— Estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
— No estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Gastos subvencionables.
1. Se considera gasto subvencionable el coste necesario para la contratación de los espectáculos incluidos en la relación de empresas y espectáculos incorporados a la oferta de programación y que se corresponde con el caché artístico. Los gastos deben estar realizados y
Miércoles 11 de enero de 2023
3065
RESUELVE:
Primero. Objeto.
Por medio de esta resolución se efectúa la convocatoria, correspondiente al ejercicio 2023,
de las ayudas destinadas a los municipios de Extremadura que formen parte de la Red de
Teatros y otros espacios escénicos con el fin de sufragar los gastos para la financiación de la
contratación de espectáculos de artes escénicas y musicales en Extremadura incluidos dentro
de su programación y permitir dinamizar, movilizar y gestionar la cultura al mayor número de
posibles beneficiarios en la región, facilitando la distribución y exhibición de las producciones
de teatro, música, danza y circo.
Segundo. Régimen jurídico.
La convocatoria de estas ayudas se rige por lo previsto en el Capítulo III del Decreto 155/2018,
de 18 de septiembre, por el que se crea la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música (DOE n.º 187, de 25 de septiembre de 2018), por lo
establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, e igualmente por las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del
Estado.
Tercero. Beneficiarios y requisitos de los mismos.
1. P
odrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos los municipios de Extremadura que formen parte de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de conformidad con
lo establecido en el Capítulo I del Decreto 155/2018, de 18 de septiembre.
2. Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos:
— Estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
— No estar incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Gastos subvencionables.
1. Se considera gasto subvencionable el coste necesario para la contratación de los espectáculos incluidos en la relación de empresas y espectáculos incorporados a la oferta de programación y que se corresponde con el caché artístico. Los gastos deben estar realizados y