Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2023060038)
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, de convocatoria para la incorporación de empresas al Programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2023.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023

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Por todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Consejería de Cultura, Tu­
rismo y Deportes en materia de cultura en el artículo 2 del Decreto del Presidente 16/2019,
de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y de conformidad a lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esta Secretaría General
RESUELVE:
I. Condiciones Generales.
Primero. Objeto y finalidad.
1. Por medio de la presente resolución se efectúa la aprobación de la convocatoria para la
incorporación de empresas al programa de colaboración con los municipios y entidades lo­
cales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura
mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa
I ) durante el ejercicio 2023, para fomentar con ello la difusión de las artes escénicas y
musicales de carácter profesional en Extremadura, prestando especial atención a las pro­
ducciones extremeñas.
2. Asimismo es objeto de esta resolución la convocatoria para las ayudas a los municipios y
entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la contrata­
ción de los espectáculos a representar en los citados escenarios móviles, a fin de favorecer
los hábitos de consumo cultural durante el ejercicio 2023.
Segundo. Comisión de Valoración.
1. La Comisión de Valoración regulada en el presente apartado será competente tanto para
valorar la selección de las empresas que deban incorporarse al Programa I, como para
valorar las solicitudes de subvención que presenten las entidades locales que reúnan los
requisitos para ser beneficiarias, de conformidad con lo establecido en el apartado décimo
de la presente resolución.
2. Las solicitudes y documentación presentadas serán valoradas por una Comisión de Valora­
ción compuesta por:
a) Presidencia: la Secretaria General de Cultura o persona en quien delegue.
b) Vicepresidencia: la Directora del Centro de las Artes Escénicas y de la Música de Extre­
madura o persona en quien delegue.