Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022064109)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023

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cionamiento de la prestación del servicio social de la Mancomunidad, conforme al presupuesto
que se detalla en el anexo de este convenio.
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. L
 a Junta de Extremadura a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
aportará a la financiación del presente convenio la cantidad de Trescientos Cincuenta
y Siete Mil Ciento Ochenta y Dos Euros con Diez Céntimos (357.182,10 €), correspondiente al 99% de la financiación del mismo, con cargo a los Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, en la aplicación presupuestaria 110030000/G/252B/46000/TE25004003/20060150 “Otras prestaciones básicas
de servicios sociales”, cofinanciado con fondos procedentes del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030 para el desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales
de corporaciones locales..
El presente convenio se tramita mediante tramitación anticipada, por lo que la aportación de la Junta de Extremadura queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2023 para financiar las obligaciones derivadas
del convenio en el ejercicio 2023.
2. L
 a Mancomunidad aportará a la financiación del presente convenio la cantidad Tres Mil
Seiscientos Siete Euros con Noventa Céntimos (3.607,90 €) con cargo a los Presupuestos de la Mancomunidad para el año 2023. Dicha cantidad corresponde a la diferencia
hasta alcanzar el 100% de la financiación del presente convenio.
Cuarta. Pago y justificación.
1. E
 l pago de la aportación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la financiación del convenio, condicionado a la existencia de crédito presupuestario adecuado y
suficiente en la anualidad 2023, se realizará a la Mancomunidad en la forma prevista en el
Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos
de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Un primer 50 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales al convenio. A efectos de realizar este abono, se procederá al reconocimiento de la
obligación y propuesta de pago, una vez formalizado el convenio, a partir del inicio del
plazo de vigencia del convenio previsto en la cláusula undécima para que se proceda a
su ordenación y pago durante el primer cuatrimestre del ejercicio 2023.