Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060015)
Resolución de 26 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Cáceres I", a realizar en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA20/1633.
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023

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En consecuencia, a los efectos previstos en el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la instalación
solar fotovoltaica “Cáceres I”, desde un punto de vista urbanístico resulta autorizable en
su ubicación concreta, por lo que procede emitir INFORME URBANÍSTICO FAVORABLE a
la actuación propuesta, en parte de la parcela 70 del polígono 14 del término municipal
de Cáceres, a instancias de Newest Rules, SL, advirtiendo de la necesidad de justificación
de que la superficie de la instalación pretendida, en adición con la superficie del resto de
instalaciones existentes con dicho uso y en esta misma situación no superen el 15 % de la
superficie de suelo urbano de dicho núcleo.
Obsérvese que el presente informe se ha emitido teniendo en cuenta la redacción vigente
tras la Resolución de 1 de diciembre de 2020 de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio por la que se aprueba definitivamente la modificación puntual M037 del Plan General Municipal de Cáceres, que fue recurrida ante la jurisdicción
contencioso-administrativa. Por la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 30 de diciembre de 2021 (STSJEX 566/2021) se ha anulado dicha modificación
de planeamiento. No siendo firme al día de la fecha, la valoración del cumplimiento de los
parámetros urbanísticos puede verse afectada por el resultado del procedimiento judicial
actualmente en curso”.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y respecto al contenido de la
calificación rústica, las condiciones y características de las medidas medioambientales exigibles para preservar los valores naturales del ámbito de implantación, su entorno y paisaje (letra c)) son las recogidas en la presente declaración de impacto ambiental; la relación
de todas las edificaciones, construcciones e instalaciones que se ejecutarán para la implantación y desarrollo de usos y actividades en suelo rústico, que comprende la totalidad de
los servicios que demanden (letra f)), así como la representación gráfica georreferenciada
de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y del área de suelo vinculada a la calificación (letra g)), forman parte del contenido
propio del estudio de impacto ambiental presentado por el promotor del proyecto conforme
a las exigencias derivadas del anexo X, Estudio de impacto ambiental y criterios técnicos,
apartados 1a) y 2 a), de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, que fija como contenido del estudio de impacto
ambiental, respectivamente, tanto el objeto del proyecto como su descripción, incluyendo
su localización.
Así mismo, en relación con la precitada letra f), en el apartado A.2 de la presente declaración de impacto ambiental, se ha realizado la descripción del proyecto en la que se
detallan las edificaciones, construcciones e instalaciones que se ejecutarán en el proyecto
correspondiente a la ISF “FV Cáceres I”.