Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060015)
Resolución de 26 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Cáceres I", a realizar en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA20/1633.
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023

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A continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los
informes recibidos. Las consideraciones del promotor a los mismos se han integrado en el
apartado C de esta declaración de impacto ambiental:
— Con fecha 10 de junio de 2022, el Servicio de Infraestructuras Rurales comunica que
atendiendo al Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Cáceres, aprobado por Orden Ministerial del 30/10/41, y vista la ubicación del proyecto,
éste afecta al “Cordel del Casar”, deslinde aprobado mediante Orden de 18 de octubre
de 2000 (DOE 21/10/00) de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, y amojonamiento por Resolución de 11 de junio de 2014, de la Dirección General de Desarrollo
Rural (DOE 27/06/14).
Cualquier actuación en estos terrenos de vías pecuarias deberá contar con la correspondiente autorización previa de esta secretaria general, atendiendo a lo dispuesto en artículo 227 de la Ley Agraria de Extremadura, de 24 de marzo de 2015 (DOE 26/03/2015),
y en la Orden de 19 de junio de 2000 (DOE 01/07/2000) por la que se regulan las ocupaciones y autorizaciones de usos temporales en las vías pecuarias y la Orden de 23 de
junio de 2003 (DOE 03/07/2003) por la que se modifica la anterior.
En la solicitud de autorización, que en su día se realice, para poder identificar los usos,
el emplazamiento y la superficie objeto de la ocupación, deberán enviar los archivos
SHP en proyección UTM 30N ETRS89 asociados al proyecto ajustándose a los límites de
la Vía pecuaria en los tramos que discurra sobre ella.
— Con fecha 14 de junio de 2022, el Servicio de Ordenación del Territorio informa que,
a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no
se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con
aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del
Territorio de Extremadura, con modificaciones posteriores).
Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de
Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
—
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural (en adelante,
DGBAPC) con fecha 15 de junio de 2022, condiciona la implantación del proyecto al
estricto cumplimiento de la totalidad de las siguientes medidas preventivas: