Consejería De Educación Y Empleo. Sentencias. Ejecución. (2023060042)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se declara aspirante seleccionada en el proceso selectivo para el ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en la especialidad de Francés, a la aspirante D.ª Andrea Echábarri Alonso, con objeto de dar ejecución a la sentencia n.º 434/2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo n.º 621/2021.
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023
2488
RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal
Docente, por la que se declara aspirante seleccionada en el proceso selectivo
para el ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria,
en la especialidad de Francés, a la aspirante D.ª Andrea Echábarri Alonso, con
objeto de dar ejecución a la sentencia n.º 434/2022, dictada por la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
en el recurso contencioso-administrativo n.º 621/2021. (2023060042)
Por Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, se convocaron procedimientos selectivos para ingreso y acceso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de
méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza
Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales
de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y
Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (Diario Oficial de Extremadura número 55, de
23 de marzo).
En el Recurso Contencioso-Administrativo n.º 621/2021, seguido en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, a instancias de D.ª
Andrea Echábarri Alonso, contra la resolución de 3 de agosto de 2021, ratificada por la de 11
de noviembre de 2021, por las que se aparta a la recurrente del proceso selectivo indicado en
el párrafo anterior, concretamente de la especialidad de Francés, en la que participó la recurrente, ha recaído sentencia n.º 434/2022, de fecha 14 de Julio de 2022.
La sentencia ha adquirido firmeza tras el transcurso de los correspondientes plazos legales.
Mediante Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 434/2022, de 14 de julio de 2022,
dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º 621/2021, publicada en el DOE n.º 232, viernes
2 de diciembre de 2022, se da inicio a la ejecución de la sentencia referida.
La citada sentencia declara la nulidad de la resolución de 3 de agosto de 2021 por la que se
declaró la nulidad de las pruebas selectivas realizadas por Doña Andrea Echábarri Alonso y
se la expulsaba del procedimiento selectivo, y reconoce la validez de todo lo actuado hasta la
emisión de la resolución de 3 de agosto de 2021, así como el pago de los derechos económicos correspondientes.
Por todo lo expuesto anteriormente, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación
vigente, esta Dirección General de Personal Docente,
Martes 10 de enero de 2023
2488
RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal
Docente, por la que se declara aspirante seleccionada en el proceso selectivo
para el ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria,
en la especialidad de Francés, a la aspirante D.ª Andrea Echábarri Alonso, con
objeto de dar ejecución a la sentencia n.º 434/2022, dictada por la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
en el recurso contencioso-administrativo n.º 621/2021. (2023060042)
Por Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, se convocaron procedimientos selectivos para ingreso y acceso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de
méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza
Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales
de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y
Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (Diario Oficial de Extremadura número 55, de
23 de marzo).
En el Recurso Contencioso-Administrativo n.º 621/2021, seguido en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, a instancias de D.ª
Andrea Echábarri Alonso, contra la resolución de 3 de agosto de 2021, ratificada por la de 11
de noviembre de 2021, por las que se aparta a la recurrente del proceso selectivo indicado en
el párrafo anterior, concretamente de la especialidad de Francés, en la que participó la recurrente, ha recaído sentencia n.º 434/2022, de fecha 14 de Julio de 2022.
La sentencia ha adquirido firmeza tras el transcurso de los correspondientes plazos legales.
Mediante Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 434/2022, de 14 de julio de 2022,
dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º 621/2021, publicada en el DOE n.º 232, viernes
2 de diciembre de 2022, se da inicio a la ejecución de la sentencia referida.
La citada sentencia declara la nulidad de la resolución de 3 de agosto de 2021 por la que se
declaró la nulidad de las pruebas selectivas realizadas por Doña Andrea Echábarri Alonso y
se la expulsaba del procedimiento selectivo, y reconoce la validez de todo lo actuado hasta la
emisión de la resolución de 3 de agosto de 2021, así como el pago de los derechos económicos correspondientes.
Por todo lo expuesto anteriormente, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación
vigente, esta Dirección General de Personal Docente,