Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023080021)
Anuncio de 28 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 9 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones de ahorro y eficiencia energética en Extremadura.
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023
2643
ANUNCIO de 28 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a las
ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 9 de noviembre de 2020, de
la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones
para actuaciones de ahorro y eficiencia energética en Extremadura. (2023080021)
Mediante la Orden de 9 de septiembre de 2020 se establecen las bases reguladoras para el
régimen de concesión de subvenciones para actuaciones de ahorro y eficiencia energética en
Extremadura.
El 17 de noviembre de 2020 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, la Resolución
de 9 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a actuaciones de ahorro y eficiencia energética en
Extremadura.
El artículo 29 de la citada orden establece que las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Portal Electrónico de
la Transparencia y la Participación Ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en el artículo
11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000
euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a los beneficiarios para el desarrollo de los proyectos de inversión considerados como incentivables:
Anexo I: Subvenciones concedidas para actuaciones y proyectos de ahorro y eficiencia energética, y el mejor aprovechamiento de la energía en instalaciones existentes dirigidas a municipios y entidades locales menores.
El pago de estas ayudas se imputara con cargo a la aplicación presupuestaria
1800200/G/333A/760.00, Proyecto de gasto 20170282 de los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Martes 10 de enero de 2023
2643
ANUNCIO de 28 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a las
ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 9 de noviembre de 2020, de
la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones
para actuaciones de ahorro y eficiencia energética en Extremadura. (2023080021)
Mediante la Orden de 9 de septiembre de 2020 se establecen las bases reguladoras para el
régimen de concesión de subvenciones para actuaciones de ahorro y eficiencia energética en
Extremadura.
El 17 de noviembre de 2020 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, la Resolución
de 9 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a actuaciones de ahorro y eficiencia energética en
Extremadura.
El artículo 29 de la citada orden establece que las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Portal Electrónico de
la Transparencia y la Participación Ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en el artículo
11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000
euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a los beneficiarios para el desarrollo de los proyectos de inversión considerados como incentivables:
Anexo I: Subvenciones concedidas para actuaciones y proyectos de ahorro y eficiencia energética, y el mejor aprovechamiento de la energía en instalaciones existentes dirigidas a municipios y entidades locales menores.
El pago de estas ayudas se imputara con cargo a la aplicación presupuestaria
1800200/G/333A/760.00, Proyecto de gasto 20170282 de los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.