Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023080022)
Anuncio de 28 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023

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ANUNCIO de 28 de diciembre de 2022 por el que se da publicidad a las
ayudas concedidas al amparo del Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el
que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones
de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y
se aprueba la única convocatoria. (2023080022)
Mediante el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, se establecieron las bases reguladoras del
programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III).
El 2 de enero de 2021 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, el decreto de apoyo
a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y la aprobación de la única convocatoria.
El artículo 20 del citado decreto, establece que las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Portal Electrónico de
la Transparencia y la Participación Ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en el artículo
11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000
euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a los beneficiarios para el desarrollo de los proyectos de inversión considerados como incentivables:
Anexo I: Subvenciones concedidas para la adquisición de vehículos eléctricos.
El pago de estas ayudas se imputará con cargo a las aplicaciones presupuestarias:
1800200/G/333A/770.00* (tabla 1-personas jurídicas y otras entidades con actividad en Extremadura sujetas al Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión Europea);
1800200/G/333A/770.00** (tabla 2-profesionales autónomos sujetos al Reglamento (UE) n.º
1407/2013 de minimis) y 1800200/G/333A/789.00 (tabla 3) del proyecto de gasto 20210407
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.