Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060024)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio Elysium, en el término municipal de Castillblanco.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023

2090

tráfico y capacidad adecuado y suficiente para evaluar todas las afecciones previsibles,
como punto de partida para proyectar las obras de acondicionamiento o nueva infraestructura de accesibilidad que resultaran necesarias.
En el nuevo estudio presentado se han analizado con mucho mayor profundidad la generación real de empleos y su reparto por turnos de trabajo, el reparto de orígenes, la
capacidad de acogimiento de visitantes de larga estancia, la repercusión de los suministros, y sobre todo los efectos que habrían de derivarse de la puesta en carga paulatina
(justificada en el Apéndice n.º 2) desde el 30 % en el año 2028 (de inauguración) hasta
un 100 % en 2049 (año horizonte), especialmente en el nivel de servicio de la N-502.
Una primera consecuencia planteada por el promotor es que dicho nivel de servicio
no se verá afectado hasta el año 2030 (45 % de carga), siempre que se mantenga el
ritmo de puesta en carga previsto en el Plan, que el propio promotor manifiesta como
supuesto e hipotético en función de valores lógicos y previsibles no garantizables.
Por tanto, el promotor concluye que desde 2028 hasta 2031 no habrá cambio significativo en el nivel de servicio en la N-430 ni en la N-502, y señala que a partir de 2032
será preciso realizar una nueva prognosis que se base en el mayor conocimiento de la
situación entonces registrada, al respecto del desarrollo real de las nuevas inversiones
públicas que se esperan en la zona, actualmente en diversas fases de planeamiento.
Alcanzada esa fecha se revisará por parte del promotor la situación de todas las vías
afectadas, su capacidad y niveles de servicio, manteniendo en todo caso -como requisito imprescindible para poder informar favorablemente la viabilidad del Proyecto- el
compromiso del promotor de promover, desarrollar, ejecutar y costear las actuaciones
de acondicionamiento y nueva construcción que se deriven necesarias a juicio de esta
Administración para minimizar cualquier menoscabo a las vías de su responsabilidad, a
su capacidad y niveles de servicio, y a la seguridad viaria en general.
Adicionalmente se ha presentado una separata de un proyecto de trazado en la que se
plantean soluciones tipo enlace con glorieta elevada en las tres conexiones que afectan
a las carreteras de las zonas (dos de ellas, de la Red de Carreteras del Estado). De su
análisis puede estimarse que las soluciones planteadas parecen resolver, en principio,
la problemática que puede generarse para con el tráfico desde el mismo momento de la
puesta en servicio de ELYSIUM y hasta el año horizonte, sin perjuicio de que este proyecto de trazado deberá ser completado con un proyecto de construcción detallado en el
que se recojan todos los aspectos técnicos exigibles en función de la normativa vigente.
De todo ello puede deducirse que, a fecha de hoy, no parece haber inconveniente para
que estas actuaciones continúen con su tramitación en los términos en los que ahora