Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Premios. (2022063811)
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan los premios para el fomento de la lectura en Extremadura correspondientes al año 2023.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023

2023

2. L
 os beneficiarios de los presentes premios deberán, según la modalidad del premio recibido, desarrollar o haber desarrollado el proyecto de fomento de la lectura en Extremadura.
3. I gualmente, quienes participen en esta convocatoria deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. N
 o podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas personas o entidades en las que
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de estos premios se inicia mediante la presente resolución,
y se tramitará y resolverá conforme al régimen de concurrencia competitiva, mediante Resolución del Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes. La concesión se realizará comparando las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación
entre ellas de acuerdo con los criterios de valoración y puntuaciones obtenidos por cada
uno de los proyectos presentados, procediendo a conceder a aquellos solicitantes que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los mismos, en los términos establecidos
en los Capítulos I y II del Título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo y de acuerdo con los
principios de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
la Administraciones Públicas.
2. D
 e acuerdo con el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la convocatoria de ayudas, así como un extracto de la misma, se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura.
3. S
 e publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica corporativa de
la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma,
la convocatoria de las ayudas, así como la resolución de concesión, con expresión de la
convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, persona beneficiaria,
cantidad concedida, finalidad o finalidades de la ayuda, de conformidad con lo establecido
en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20.8.a) y b) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se dará publicidad de la convocatoria de subvenciones así como de las subvenciones concedidas en la Base Nacional de Subvenciones.
4. I gualmente, el texto íntegro de las convocatorias, así como los premios concedidos, serán
publicados en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con
el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.