Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Grandes Instalaciones De Ocio. (2023040001)
Decreto 162/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Proyecto de Ejecución de Grandes Instalaciones de Ocio (POITEGIO), incluido el proyecto de urbanización, al amparo del Decreto 78/2020, de 23 de diciembre, por el que se califica como «Gran Instalación de Ocio» a la iniciativa formulada por Castilblanco Elysium Corporation, SAU el 9 de agosto de 2019.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023



1443

Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7
Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los
lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrán
presentarse las alegaciones en la siguiente dirección de correo electrónico:




inst.castilblanco@juntaex.es

4. S
 imultáneamente, y por el mismo plazo, se abre un periodo de audiencia y consultas
a las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas, para que
puedan emitir los informes y realizar alegaciones que estimen pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Ley 7/2018, de 2 de agosto, extremeña
de grandes instalaciones de ocio (LEGIO), y los artículos 22 y 37 de la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Tercero: Publicidad de la relación de los terrenos indicados por la titular de la calificación
de “gran instalación de ocio”, a efectos expropiatorios.


1. S
 e hace pública la relación de los terrenos indicados por la titular de la calificación de
“gran instalación de ocio” en el expediente, a efectos expropiatorios. En el Anexo III
de la presente resolución se incluye dicha relación de terrenos.



2. En los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 17 y en el apartado 2 del
artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, cualquier persona podrá formular alegaciones, a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación, en el plazo
de quince días hábiles desde la última de las publicaciones a que se refiere el párrafo
siguiente, a través de los medios indicados en el resuelvo anterior de esta misma
resolución.

La presente resolución se publicará en el “Diario Oficial de Extremadura” y en los Boletines
Oficiales de las Provincias de Cáceres y Badajoz. Asimismo, se publicará un extracto de
la misma en uno de los diarios de máxima difusión de ámbito regional, en los aspectos
expropiatorios. Finalmente, la presente resolución se comunicará al Ayuntamiento de Castilblanco para que la fijen en el tablón de anuncios”.
Referida resolución ha sido publicada en el Diario Oficial de Extremadura de Extremadura el
3 de febrero de 2022 (DOE n.º 23), en el Boletín Oficial de la Provincial de Badajoz el 3 de
febrero de 2022 (BOP n.º 23), en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres el 3 de febrero