Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Grandes Instalaciones De Ocio. (2023040001)
Decreto 162/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Proyecto de Ejecución de Grandes Instalaciones de Ocio (POITEGIO), incluido el proyecto de urbanización, al amparo del Decreto 78/2020, de 23 de diciembre, por el que se califica como «Gran Instalación de Ocio» a la iniciativa formulada por Castilblanco Elysium Corporation, SAU el 9 de agosto de 2019.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023
Artículo 5.3.7. Vías para Bicicletas.
Artículo 5.3.8. Aparcamientos para personas con movilidad reducida.
1490
CAPÍTULO IV. LAS INFRAESTRUCTURAS URBANAS BÁSICAS.
Artículo 5.4.1. El Dimensionamiento y trazado de Redes.
Artículo 5.4.2. Red de Abastecimiento.
Artículo 5.4.3. Red de Saneamiento y Drenaje de Aguas Pluviales.
Artículo 5.4.4. Instalaciones de Alumbrado Público.
Artículo 5.4.6. Ubicación de contenedores para recogida de residuos sólidos.
Artículo 5.4.7. Las Infraestructuras para la Energía Eléctrica.
Artículo 5.4.8. Infraestructuras de Telecomunicación.
Artículo 5.4.9. Disposiciones Generales para la ordenación del subsuelo en los Servicios
Urbanos de las obras de urbanización.
TÍTULO VI. NORMAS GENERALES DE PROTECCIÓN DEL MEDIO URBANO Y NATURAL.
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 6.1.1. Aplicación.
Artículo 6.1.2. Legislación de aplicación.
CAPITULO II. CONDICIONES DE PROTECCION AMBIENTAL.
Artículo 6.2.1. Protección del medio ambiente.
Artículo 6.2.2. Vertidos sólidos.
Artículo 6.2.3. Vertidos líquidos.
Artículo 6.2.4. Vertidos gaseosos.
Artículo 6.2.5. Contaminación acústica y vibratoria.
Artículo 6.2.6. Protección contra incendios.
Lunes 9 de enero de 2023
Artículo 5.3.7. Vías para Bicicletas.
Artículo 5.3.8. Aparcamientos para personas con movilidad reducida.
1490
CAPÍTULO IV. LAS INFRAESTRUCTURAS URBANAS BÁSICAS.
Artículo 5.4.1. El Dimensionamiento y trazado de Redes.
Artículo 5.4.2. Red de Abastecimiento.
Artículo 5.4.3. Red de Saneamiento y Drenaje de Aguas Pluviales.
Artículo 5.4.4. Instalaciones de Alumbrado Público.
Artículo 5.4.6. Ubicación de contenedores para recogida de residuos sólidos.
Artículo 5.4.7. Las Infraestructuras para la Energía Eléctrica.
Artículo 5.4.8. Infraestructuras de Telecomunicación.
Artículo 5.4.9. Disposiciones Generales para la ordenación del subsuelo en los Servicios
Urbanos de las obras de urbanización.
TÍTULO VI. NORMAS GENERALES DE PROTECCIÓN DEL MEDIO URBANO Y NATURAL.
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 6.1.1. Aplicación.
Artículo 6.1.2. Legislación de aplicación.
CAPITULO II. CONDICIONES DE PROTECCION AMBIENTAL.
Artículo 6.2.1. Protección del medio ambiente.
Artículo 6.2.2. Vertidos sólidos.
Artículo 6.2.3. Vertidos líquidos.
Artículo 6.2.4. Vertidos gaseosos.
Artículo 6.2.5. Contaminación acústica y vibratoria.
Artículo 6.2.6. Protección contra incendios.