Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Grandes Instalaciones De Ocio. (2023040001)
Decreto 162/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Proyecto de Ejecución de Grandes Instalaciones de Ocio (POITEGIO), incluido el proyecto de urbanización, al amparo del Decreto 78/2020, de 23 de diciembre, por el que se califica como «Gran Instalación de Ocio» a la iniciativa formulada por Castilblanco Elysium Corporation, SAU el 9 de agosto de 2019.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023

1473

Segundo. Proyectos de aguas, residuos, energía y accesos.
1. Los proyectos de agua, residuos, energía y accesos y, en general, aquellos que sean necesarios para la implantación del Plan de ordenación con incidencia territorial y ejecución
(POITEGIO), deberán ser incorporados al mismo, previa la evaluación ambiental que corresponda, a través de los medios previsto en el artículo 9 de la Ley 7/2018, de 2 de agosto, extremeña de grandes instalaciones de ocio (LEGIO).
2. E
 stos proyectos serán sometidos a los trámites que exija la legislación sectorial que les
sea de aplicación. Si como consecuencia de ello es necesario modificar el Plan de ordenación con incidencia territorial y ejecución (POITEGIO), se deberá proceder en la forma
determinada en la Ley 7/2018, de 2 de agosto, extremeña de grandes instalaciones de ocio
(LEGIO) para la modificación del mismo.
3. Estos proyectos que incluyan en el Plan de ordenación con incidencia territorial y ejecución
(POITEGIO) en ningún caso conferirán derecho de reclasificación alguno en terrenos afectados por la Red Natura 2000.
Tercero. Pieza separada de expropiaciones.
1. S
 e abre una pieza separada de expropiaciones, autorizando a la Vicepresidencia Primera y
Consejería de Hacienda y Administración Pública para llevarlas a cabo, teniendo en cuenta
la Resolución de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública de 1 de febrero de 2022, por la que se lleva a cabo la aprobación inicial del Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio (POITEGIO),
con relación al Decreto 78/2020, de 23 de diciembre, por el que se califica como “Gran
Instalación de Ocio” a la iniciativa formulada por Castilblanco Elysium Corporation, SAU, el
9 de agosto de 2019; por la que se somete al trámite de información pública, audiencia y
consultas el mismo y la documentación aportada, incluido el Estudio Ambiental Estratégico,
así como el Proyecto de Urbanización y el Estudio de Impacto Ambiental del mismo; y por
la que se hace pública la relación de los terrenos indicados por la titular de la calificación de
“gran instalación de ocio”, a efectos expropiatorios. (DOE n.º 23, de 3 de febrero de 2022).
2. L
 a garantía hipotecaria aportada no afecta ni cubre a aquellos depósitos, garantías, indemnizaciones y demás aspectos que le empresa promotora, en cuanto beneficiaria de las
eventuales expropiaciones, debe hacer frente de acuerdo con la legislación en materia de
expropiación forzosa
Cuarto. P
 ublicidad y registro.
1. S
 e incluye como Anexo I al presente Decreto el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura de 22 de diciembre de 2022.