Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022064247)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento y tratamiento de residuos no peligrosos, cuyo promotor es Plastic Procex, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros (Badajoz).
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NÚMERO 3
Miércoles 4 de enero de 2023
1045
recogidos para su almacenamiento y gestión coinciden con los indicados en a.1 y llevar un
registro de los residuos recogidos y almacenados, con el contenido indicado en el capítulo
-hEl procedimiento de admisión de residuos deberá contemplar, al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.
b) Registrar el peso de los residuos, diferenciando entre el tipo de residuo.
c) Inspección visual de los residuos recogidos.
8. E
l titular de la instalación deberá constituir una fianza, para el total de las instalaciones que
engloba la presente resolución en función Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, calculada en base a las directrices establecidas
Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos, por valor de 20.000 € (Veinte mil euros).
El concepto de la fianza será: “Para responder de las obligaciones que, frente a la administración, se deriven del ejercicio de la actividad de gestión de residuos, incluida la ejecución
subsidiaria y la imposición de las sanciones previstas legalmente”.
La cuantía de la fianza deberá actualizarse conforme al artículo 7, del Real Decreto
208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
La fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas que permite el artículo 8 de la
Orden de 1 de julio de 1994, por el que se desarrolla el Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se regula el Régimen de Tesorería y Pagos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
9. El titular de la instalación deberá constituir un seguro de responsabilidad civil conforme a lo
establecido en el artículo 8 del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías
financieras en materia de residuos, que cubra el riesgo de indemnización por los posibles
daños causados a terceras personas o sus cosas, derivado del ejercicio de su actividad de
gestión de residuos. La cuantía asegurada se establecerá teniendo en cuenta la cuantía
mínima indicada en el anexo IV, del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo.
Dicho seguro deberá cubrir las indemnizaciones por muerte, lesiones o enfermedades de
las personas; las indemnizaciones debidas por daños en las cosas; los costes de reparación
y recuperación del medio ambiente alterado; los daños accidentales como la contaminación gradual. El titular de la instalación deberá remitir a la Dirección General de Sostenibilidad fotocopia compulsada de las condiciones generales y particulares.
Miércoles 4 de enero de 2023
1045
recogidos para su almacenamiento y gestión coinciden con los indicados en a.1 y llevar un
registro de los residuos recogidos y almacenados, con el contenido indicado en el capítulo
-hEl procedimiento de admisión de residuos deberá contemplar, al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.
b) Registrar el peso de los residuos, diferenciando entre el tipo de residuo.
c) Inspección visual de los residuos recogidos.
8. E
l titular de la instalación deberá constituir una fianza, para el total de las instalaciones que
engloba la presente resolución en función Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, calculada en base a las directrices establecidas
Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos, por valor de 20.000 € (Veinte mil euros).
El concepto de la fianza será: “Para responder de las obligaciones que, frente a la administración, se deriven del ejercicio de la actividad de gestión de residuos, incluida la ejecución
subsidiaria y la imposición de las sanciones previstas legalmente”.
La cuantía de la fianza deberá actualizarse conforme al artículo 7, del Real Decreto
208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
La fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas que permite el artículo 8 de la
Orden de 1 de julio de 1994, por el que se desarrolla el Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se regula el Régimen de Tesorería y Pagos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
9. El titular de la instalación deberá constituir un seguro de responsabilidad civil conforme a lo
establecido en el artículo 8 del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías
financieras en materia de residuos, que cubra el riesgo de indemnización por los posibles
daños causados a terceras personas o sus cosas, derivado del ejercicio de su actividad de
gestión de residuos. La cuantía asegurada se establecerá teniendo en cuenta la cuantía
mínima indicada en el anexo IV, del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo.
Dicho seguro deberá cubrir las indemnizaciones por muerte, lesiones o enfermedades de
las personas; las indemnizaciones debidas por daños en las cosas; los costes de reparación
y recuperación del medio ambiente alterado; los daños accidentales como la contaminación gradual. El titular de la instalación deberá remitir a la Dirección General de Sostenibilidad fotocopia compulsada de las condiciones generales y particulares.