Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022064001)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y la Empresa "Damas Extremadura, SL", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los Servicios de Transporte Público Regular y de Uso General de Viajeros por carretera JEV-026, durante los años 2022 a 2025.
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NÚMERO 2
Martes 3 de enero de 2023

609

No estarán comprendidas en el gasto subvencionable las cantidades que, en concepto de suplemento sobre el precio del contrato, perciba la empresa por la prestación de los servicios de
transporte ofertados en la categoría de alta calidad.
Las cantidades dejadas de percibir por la empresa colaboradora como consecuencia de la aplicación de las bonificaciones serán reembolsadas a la misma por la Consejería de Movilidad,
Transporte y Vivienda.
A efectos de tramitar el correspondiente reembolso de bonificaciones, la empresa colaboradora firmante autoriza expresamente al órgano concedente para obtener los datos tributarios y
de seguridad social precisos para ello.
Cuarta. Comprobación de la identidad del usuario.
A los efectos de cursar la venta del billete solicitado por el usuario que exhiba la tarjeta de
transporte subvencionado emitida a su nombre en el punto de expendición, la empresa colaboradora se obliga a comprobar que la persona beneficiaria se encuentra plenamente identificada.
Dicha comprobación tendrá lugar en el momento de la adquisición del título, salvo que el procedimiento empleado no lo permita, y, en todo caso, en el momento de iniciarse la realización
del viaje.
Quinta. Dotación de medios tecnológicos.
La empresa colaboradora acepta el suministro de los equipos y medios técnicos e informáticos puestos a su disposición por la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda para el
adecuado tratamiento y control de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad
que se apliquen en los servicios que gestione, y se compromete a utilizar vehículos dotados
de los referidos equipos en todos los servicios de transporte público regular y de uso general
de viajeros por carretera que, sometidos a su explotación, discurran por el territorio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura1.
Las características técnicas que reúnen los equipos entregados son las siguientes:
A. Equipo del Subsistema de Validación y Venta de Billetes de Viaje:
A.1. Máquina expendedora: NO uds máquinas y NO uds bases.
A.2. Equipo de taquilla: NO uds.

La presente cláusula se ha redactado siguiendo estrictamente la información facilitada por la empresa aquí firmante
en Contrato de cesión de equipos de la empresa “El Gato, SLU”, anterior concesionaria del servicio público de transporte regular de uso general de viajeros por carretera entre las localidades de Fregenal de la Sierra-Badajoz, con
hijuelas, JEV-026, a la actual concesionaria, “Damas Extremadura, SL”.
1

Se consignan estos datos, sin perjuicio de la liquidación que en su momento se practique sobre el extinto Convenio.