Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2022064228)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas públicas para la modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondiente al año 2022, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU-.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

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Vigésimo primero. Obligaciones de los beneficiarios.
Serán obligaciones de los beneficiarios de las ayudas:
1. Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
2. A
 ceptación de la ayuda concedida (Anexo V). En este sentido, si en el plazo de los diez
días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de la subvención los beneficiarios
no manifiestan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la misma, comprometiéndose a ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condiciones establecidas.
3. A
 creditar estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el
caso de haberse opuesto o haber denegado la autorización para la oportuna comprobación
de oficio por parte del órgano gestor.
4. D
 isponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debida­mente
auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplica­ble al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros especí­ficos sean
exigidos, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de facultades de comprobación y control.
5. L
 levar a cabo la actividad para la que se concede la subvención en los términos de la resolución de concesión y disponer de una dotación presu­puestaria suficiente que permita el
desarrollo y la sostenibilidad de las propuestas presentadas.
6. J ustificar en tiempo y forma, ante el órgano concedente de las ayudas, el cumplimiento
de los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la subvención, así como la
efectiva aplicación de los fondos a la finalidad para la que fueron aprobados conforme a lo
dispuesto en esta.
7. S
 ometerse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo el órgano concedente, por
sí o por terceros designados al efecto, así como a cualesquiera otras actividades de verificación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes, en general, y
en particular, el órgano fiscalizador de las ayudas NEXT Generation EU designado por la
comisión europea, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de dichas
actuaciones.
8. A
 portar los fondos necesarios para financiar la inversión en la parte no subvencionada por
la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura.