Consejería De Educación Y Empleo. Procesos Selectivos. (2022064216)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

67661

— En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, se elegirá
entre tres temas.
— En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51,
se elegirá entre cuatro temas.
— En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se elegirá entre
cinco temas.
Los temas corresponderán al temario oficial de la especialidad especificado en la Base XVI.
Se dispondrá de dos horas para la realización de esta actuación de la Parte A.
20.2.2. Lectura del tema desarrollado Finalizada la primera actuación de la parte A, los tribunales procederán a la convocatoria
de aspirantes para realizar, en sesión pública, la lectura del tema que ha desarrollado por
escrito excepto en aquellos casos en los que las Comisiones de Selección dispongan otra
cosa.
20.2.3. Calificación del tema desarrollado.
Cada aspirante obtendrá:
1) U
 na puntuación de cero a diez puntos con una aproximación de diez milésimas. Dicha
puntuación será la media aritmética de las calificaciones del conjunto de integrantes
presentes del tribunal. Se tendrán las siguientes consideraciones:


a) Cuando entre las puntuaciones otorgadas por el conjunto de integrantes del tribunal
exista una diferencia de tres o más enteros, serán automáticamente excluidas las
calificaciones máximas y mínima, calculándose la puntuación media entre las calificaciones restantes.



b) Durante las lecturas públicas, el desajuste siquiera mínimo entre el contenido desarrollado por escrito y la lectura del mismo conllevará una calificación de 0. Con
esta finalidad los tribunales podrán realizar la revisión del contenido escrito y utilizar
todos los medios técnicos y dispositivos electrónicos que consideren oportunos.

2) L
 a mención “Retirado/a” cuando la persona, habiendo iniciado alguna actuación de la
parte A, manifiesta su deseo expreso de no finalizarla, o no se presenta a alguna de las
actuaciones.