Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Conservatorios De Música. (2022040238)
Decreto 161/2022, de 21 de diciembre, por el que se crea, por la integración en la Red de Centros Educativos Públicos de la Junta de Extremadura, el Conservatorio Oficial de Música "Luis Gordillo" de Montijo.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022
67516
2. E
l personal que definitivamente quede adscrito, una vez finalice el proceso de estabilización
que está llevando a cabo el Ayuntamiento de Montijo, a los puestos de trabajo de personal
laboral a que se refiere el apartado anterior, que aparecen en la relación que se incorpora
al convenio que se incluyen como anexo al presente decreto, se integrará dentro del ámbito de la Administración General, en las Categorías profesionales de personal laboral de
la Junta de Extremadura como personal propio, si bien se garantizará el régimen jurídico
y económico, en los términos de la normativa sobre función pública de la administración
de la Comunidad Autónoma, que ostente al momento de surtir efectos dicho convenio,
quedando el personal laboral traspasado, respecto del Ayuntamiento, en la situación que le
corresponda conforme a lo que, en su caso, se estipule en su Convenio colectivo. La Junta
de Extremadura garantizará que la integración del personal que se transfiere se realice en
el grupo profesional del V Convenio colectivo para el personal al servicio de la Junta de
Extremadura que corresponda en función del grupo o subgrupo de procedencia.
3. D
icho personal continuará percibiendo el sueldo y los trienios o complementos de antigüedad y el nivel de carrera profesional horizontal que tuvieran reconocidos en su administración de origen, así como cualquier complemento personal garantizado o similar que traiga
causa en el tiempo de servicios prestados, el cual seguirá teniendo el mismo tratamiento
y naturaleza jurídica que en la administración de origen, sin que pueda experimentar el
incremento previsto en el artículo 19.1 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022. Con la suma del valor anual del complemento
de destino, del específico y de cualquier otro de carácter complementario que tenga reconocido y perciba mensual y habitualmente el trabajador, se formará un complemento a
regularizar, que percibirá hasta tanto sea catalogado el puesto de trabajo.
Si, por el contrario, se produjera un aumento, en el cómputo anual, de las retribuciones
totales, éste se aplicará desde la fecha de efectividad del traspaso de nuevas funciones y
servicios.
4. E
l personal que se halle en el momento de la efectividad del traspaso en cualquier situación
administrativa con derecho a reingresar en dicha entidad, se aplicará la normativa de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. U
na vez realizado el traspaso de medios personales, económicos y materiales del conservatorio, se crearán, en su caso, las Categorías/Especialidades de personal laboral necesarias
para integrar en las mismas al personal que se transfiere, para lo que se tendrán en cuenta
el contenido técnico y particularizado de los puestos de trabajo, así como la especialización
de los conocimientos requeridos para su desempeño.
6. L
a Junta de Extremadura, a través de sus órganos competentes, procederá a la modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la consejería competente
Viernes 30 de diciembre de 2022
67516
2. E
l personal que definitivamente quede adscrito, una vez finalice el proceso de estabilización
que está llevando a cabo el Ayuntamiento de Montijo, a los puestos de trabajo de personal
laboral a que se refiere el apartado anterior, que aparecen en la relación que se incorpora
al convenio que se incluyen como anexo al presente decreto, se integrará dentro del ámbito de la Administración General, en las Categorías profesionales de personal laboral de
la Junta de Extremadura como personal propio, si bien se garantizará el régimen jurídico
y económico, en los términos de la normativa sobre función pública de la administración
de la Comunidad Autónoma, que ostente al momento de surtir efectos dicho convenio,
quedando el personal laboral traspasado, respecto del Ayuntamiento, en la situación que le
corresponda conforme a lo que, en su caso, se estipule en su Convenio colectivo. La Junta
de Extremadura garantizará que la integración del personal que se transfiere se realice en
el grupo profesional del V Convenio colectivo para el personal al servicio de la Junta de
Extremadura que corresponda en función del grupo o subgrupo de procedencia.
3. D
icho personal continuará percibiendo el sueldo y los trienios o complementos de antigüedad y el nivel de carrera profesional horizontal que tuvieran reconocidos en su administración de origen, así como cualquier complemento personal garantizado o similar que traiga
causa en el tiempo de servicios prestados, el cual seguirá teniendo el mismo tratamiento
y naturaleza jurídica que en la administración de origen, sin que pueda experimentar el
incremento previsto en el artículo 19.1 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022. Con la suma del valor anual del complemento
de destino, del específico y de cualquier otro de carácter complementario que tenga reconocido y perciba mensual y habitualmente el trabajador, se formará un complemento a
regularizar, que percibirá hasta tanto sea catalogado el puesto de trabajo.
Si, por el contrario, se produjera un aumento, en el cómputo anual, de las retribuciones
totales, éste se aplicará desde la fecha de efectividad del traspaso de nuevas funciones y
servicios.
4. E
l personal que se halle en el momento de la efectividad del traspaso en cualquier situación
administrativa con derecho a reingresar en dicha entidad, se aplicará la normativa de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. U
na vez realizado el traspaso de medios personales, económicos y materiales del conservatorio, se crearán, en su caso, las Categorías/Especialidades de personal laboral necesarias
para integrar en las mismas al personal que se transfiere, para lo que se tendrán en cuenta
el contenido técnico y particularizado de los puestos de trabajo, así como la especialización
de los conocimientos requeridos para su desempeño.
6. L
a Junta de Extremadura, a través de sus órganos competentes, procederá a la modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la consejería competente